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jueves, 20 de marzo de 2014

SANTA FE: Notifican en otros dos barrios sobre la obligación de contar con cestos en altura

El Gobierno de la Ciudad pondrá en marcha una campaña para recordar a los vecinos de Guadalupe Este y Candioti Sur sobre la vigencia de la ordenanza que obliga a contar con estos dispositivos para la disposición de residuos domiciliarios. En los Centros de Distritos se brinda información y asesoramiento para su instalación.
Prensa Gobierno de la Ciudad de Santa Fe | 

Notifican en otros dos barrios sobre la obligación de contar con cestos en altura
El Gobierno de la Ciudad está retomando en las vecinales Guadalupe Este y Candioti Sur, la campaña sobre la obligatoriedad de disponer de cestos en altura en el frente de todo edificio destinado a vivienda, o cualquier otro uso, que genere deshechos de tipo domiciliario.
En estos días, los vecinos de esas zonas estarán recibiendo en sus domicilios la notificación por la cual se informa sobre la obligatoriedad de contar con el correspondiente cesto en altura. En la nota se brinda información sobre el diseño y medidas que debe respetar el dispositivo a fin de asegurar la adecuada contención de las bolsas para evitar su dispersión sobre veredas o calzadas; y sobre aspectos a tener en cuenta al momento de su instalación para no afectar el tránsito peatonal.

Importancia

En el marco del Reglamento de Edificaciones y de la Ordenanza Nº 11.865, la medida se funda en la necesidad de preservar la higiene urbana y prevenir factores que puedan incrementar los riesgos de anegamientos en diversos sectores de la ciudad por la obstrucción de los sistemas de desagües urbanos en caso de lluvias intensas.
La vecinal Guadalupe Este está delimitada por las calles Obispo Príncipe al norte, J.P. López al Sur, Av. Alte. Brown al este, y Pje. Pizorno al oeste. Por su parte Candioti Sur es el área comprendida entre Bulevar Gálvez al norte, Avenida Alem al sureste; y Belgrano al oeste.

Buena respuesta

La campaña sobre el uso obligatorio de cestos comenzó a mediados del año pasado en las vecinales 7 Jefes y Villa Setúbal. Después de un tiempo de puesta en marcha y de realizar el relevamiento en ambas jurisdicciones, los resultados fueron considerados positivos, ya que en la actualidad más del 65 % de las viviendas cuentan en sus frentes con el correspondiente depósito para residuos.
Asimismo, y aunque la medida no rige de manera obligatoria en toda la ciudad, se observa un crecimiento sostenido de la instalación de cestos en altura en todo el ejido urbano.

En caso de robo

Ante las consultas recibidas de parte de vecinos a los cuales les han sustraído o dañado los cestos, desde el Gobierno de la Ciudad se informa que en estos casos deben dirigirse al Centro de Distrito correspondiente a fin de realizar la denuncia y de esta manera evitar posibles multas.
También vale aclarar que los vecinos pueden ponerse de acuerdo para instalar un cesto en altura para dos viviendas linderas. Para ello, sólo deben completar un formulario en el Centro de Distrito correspondiente a su barrio.

Más información

Para obtener mayor información y asesoramiento, los vecinos de Guadalupe Este pueden dirigirse al Centro de Distrito Este, sito en Hernandarias y Gral. Paz, o bien comunicarse al teléfono 4806812/13. Por su parte aquellos en la jurisdicción de Candioti Sur, pueden hacerlo en la sede del Distrito Centro, ubicado en la Estación Belgrano (Bv. Gálvez 1150) o telefónicamente llamando al número 4571530.
Asimismo se informa que los cestos pueden adquirirse en los comercios habituales del rubro, o bien a través del Centro de Emprendedores del Gobierno de la Ciudad, ubicado en calle Pedro Vittori 4212, donde también se puede realizar la consulta telefónica al número 4574150.

Características e instalación

La ordenanza que reglamenta la colocación de los cestos en altura establece que la dimensión de los depósitos estará en relación a la producción de residuos de las viviendas a las que éstos sirvan, pudiendo su base o sección horizontal ser circular, oval o poligonal (de por lo menos cuatro lados), siempre que permita inscribir una circunferencia de 0,30 metros de diámetro mínimo. La profundidad mínima del recipiente contenedor será de 0,30 metros.
Al momento de su instalación los cestos no deben afectar el tránsito peatonal y tener una distancia de al menos 60 cm del cordón de la vereda. Por ello, no podrá instalarse en aceras cuyo ancho sea inferior a los 1,40 metros.

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