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lunes, 23 de diciembre de 2013

Tras las protestas policiales, aumentan los suplementos de las fuerzas de seguridad nacional

El Ejecutivo incrementó, por decreto, distintos adicionales para los efectivos de la Policía Federal, Aeroportuaria, Prefectura y Gendarmería.
Infobae | 

El Gobierno publicó este lunes un decreto a partir del cual aumenta los suplementos para las cuatro fuerzas de seguridad nacional: la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval y la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Tras las protestas policiales, aumentan los suplementos de las fuerzas de seguridad nacional
 
Se trata del ajuste que el lunes pasado había anticipado el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich. "Quiero aclarar que el reconocimiento alcanzará a todos los efectivos de las cuatro fuerzas nacionales, porque leí por ahí que sólo le íbamos a pagar a los 12 mil agentes que fueron movilizados la semana pasada", aclaró el funcionario en Casa de Gobierno.
 
En esa oportunidad, había dicho que al día siguiente saldría publicado en el Boletín Oficial el aumento salarial, que sería permanente, porque -remarcó- comenzará a percibirse "de aquí en adelante". Finalmente, la medida fue publicada en la comunicación oficial siete días después.

Mientras tanto, a la espera del decreto 2140, había trascendido que el Gobierno elevaría el sueldo básico de los efectivos de las fuerzas de seguridad, y que la suba rondaría entre los 8.500 y los 10.000 pesos, en coincidencia con lo otorgado por las provincias que tuvieron revueltas policiales.

La resolución del oficialismo fue, sin embargo, modificar los suplementos que perciben los policías, los gendarmes y los efectivos de la Prefectura Naval, mientras que en algunos casos creó nuevos adicionales. El Ejecutivo fundamentó la decisión en "el artículo 77 de la Ley N° 21.965 y sus modificatorias".
 
De acuerdo a ese decreto, el Gobierno "podrá crear suplementos particulares en razón de las exigencias a que se vea sometido el personal, como consecuencia de la evolución técnica de los medios que equipan a la Institución, o de las zonas, ambientes o situaciones especiales en que deba actuar".

Así, precisa que el salario de un gendarme y del personal de Prefectura activo estará compuesto por "el haber mensual, suplementos generales, suplementos particulares y compensaciones que para cada caso determine dicha ley y su reglamentación".
 
En el caso de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, "la retribución del personal se compondrá del sueldo básico, los suplementos y las bonificaciones que se establecen en el Régimen Profesional" de esos efectivos.
 
En tanto, el salario de la Policía Federal se compone del "sueldo básico, suplementos generales, suplementos particulares y compensaciones que para cada caso determine dicha ley y su reglamentación".
 
El Gobierno recordó hoy que dispuso mejoras salariales en febrero de este año, además "de haber reformulado, mediante el dictado del Decreto N° 853 del 28 de junio de 2013, las bases legales del régimen de haberes de las Fuerzas de Seguridad para reconstruir el sistema retributivo de éstas".
 

 
Las modificaciones para cada fuerza, a partir de enero de 2014
 
Para el personal de la Policía Federal "resulta procedente reemplazar el suplemento particular "Servicio Operativo de Cuarto Uniformado" por el de "Servicio Externo Uniformado" a fin de adecuar las condiciones, la naturaleza y el monto correspondiente" como así también "establecer un nuevo suplemento particular "Apoyo Operativo".
 
Para el efectivo en estado militar de gendarme y con estado policial, en actividad, "resulta necesario incrementar los montos de los suplementos particulares por cumplimiento de tareas específicas de seguridad", "por mayor exigencia del servicio", "por disponibilidad permanente para el cargo" y "por disponibilidad permanente para la función".
 
Para los agentes que se desempeñan en la Policía Aeroportuaria, el Ejecutivo crea un suplemento "por exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria" en tanto que también eleva los suplementos particulares "por cumplimiento de tareas específicas de seguridad", "por mayor exigencia del servicio", "por disponibilidad permanente para el cargo" y "por disponibilidad permanente para la función" que percibe el personal de Prefectura.

En el caso de la Federal, el suplemento "Servicio Externo Uniformado", de carácter remunerativo y no bonificable, lo percibía hasta ahora el personal destinado en las distintas comisarías al que se le asignare servicios de cuarto y el de brigada de dichas comisarías. La suma era 1.000 pesos mensuales.  
Desde enero, este suplemento también lo comenzará a recibir el personal que preste servicio externo uniformado con destino en la "División Comisaría del Turista; en la dirección General de Servicios Federales Motorizados; en los departamentos Cuerpo Guardia de Infantería, Policía Montada y Cuerpo de Prevención Barrial; en la División Perros; y en la dirección general de Delegaciones.
Este suplemento, se aclara en el decreto de hoy, será liquidado mensualmente y por el monto en pesos definido en la siguiente tabla para cada grado de Oficiales Jefes y Subalternos, Suboficiales y Agentes que revisten en servicio efectivo:

"El suplemento particular "Apoyo Operativo", de 
carácter remunerativo y no bonificable, será percibido por el personal al que se le hubiere asignado tareas de apoyo y complementación a los servicios de seguridad ciudadana".En cuanto al nuevo suplemento para la Policía Federal identificado como "Apoyo operativo", se estableció lo siguiente:

Este suplemento será liquidado mensualmente y por el monto en pesos definido en la siguiente tabla:

Policía Aeroportuaria

"El suplemento por exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria será percibido por el personal en razón del desarrollo de labores o tareas que impliquen una exigencia específica del servicio de seguridad aeroportuaria".
Finalmente, el decreto publicado hoy aclara que los nuevos montos de los adicionales"podrán ser liquidados con un incremento de hasta el 20% a favor del personal que hubiere sido afectado al cumplimiento de tareas de abordaje territorial dispuestas por el Ministerio de Seguridad o, en su caso, por el Poder Ejecutivo".
A tal fin, se faculta a la ministra de Seguridad o al funcionario que ella delegue a "asignar dichos incrementos determinando el personal beneficiario de los mismos y el porcentaje a aplicar en la respectiva liquidación".

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