El presidente de Colón fue indagado durante poco más de una hora por el juez Miño, quien le imputó la apropiación indebida de tributos. El dirigente respondió que están subsanando la omisión del pago.
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El presidente del club Colón de Santa Fe, Germán Lerche, fue indagado este martes por la mañana por el juez federal Nº 2, Francisco Miño, acusado por evasión tributaria. Durante poco más de una hora, el dirigente rojinegro debió explicar acusaciones de “retenciones al impuesto a las ganancias no ingresadas”, es decir, que el club hubiera retenido dinero de impuesto a las ganancias pagados por los jugadores, que debía ser aportado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).
Desde el ente tributario, se inició el sumario de investigación que derivó a la Justicia federal. Hasta el momento, el mes crítico parecería haber sido agosto del año pasado. Fue en ese período cuando el club recibió el aporte de los jugadores, pero omitió remitirlo al Estado Nacional. De todas maneras, no se descarta que la mecánica evasiva pueda haber sucedido también en otros períodos. A partir de ese informe, hace poco más de dos meses, el fiscal Walter Rodríguez solicitó que Lerche sea llamado a declarar y el magistrado hizo lugar al pedido, el 7 de junio pasado.
Según fuentes judiciales, la reacción del dirigente deportivo ante la acusación fue un reconocimiento implícito del delito: “Alegó que la deuda reclamada por Afip está dentro de un plan de pagos que se hizo para clubes de futbol. Es decir que reconoce efectivamente que no depositó el dinero que le retuvo a los jugadores. Sólo dice que lo que se retuvo está por ser subsanado o está subsanándose”.
El artículo sexto de la ley 24.769, sobre el Régimen Penal Tributario, por el cual está acusado Lerche, indica que “será reprimido con prisión de dos a seis años el agente de retención o de percepción de tributos nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no depositare, total o parcialmente, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, el tributo retenido o percibido, siempre que el monto no ingresado superase la suma de cuarenta mil pesos por cada mes”.
Esto significa que, por más que el club ahora se haya incorporado a un plan de pagos, el delito ya está consumado. De todas maneras, adherirse a algún tipo de convenio con Afip para recomponer los saldos adeudados sí permitiría extinguir la acción penal. Ahora, el juez Francisco Miño tiene un plazo de 10 días para resolver la situación procesal de Lerche, si le dicta el procesamiento o la falta de mérito.
Desde el ente tributario, se inició el sumario de investigación que derivó a la Justicia federal. Hasta el momento, el mes crítico parecería haber sido agosto del año pasado. Fue en ese período cuando el club recibió el aporte de los jugadores, pero omitió remitirlo al Estado Nacional. De todas maneras, no se descarta que la mecánica evasiva pueda haber sucedido también en otros períodos. A partir de ese informe, hace poco más de dos meses, el fiscal Walter Rodríguez solicitó que Lerche sea llamado a declarar y el magistrado hizo lugar al pedido, el 7 de junio pasado.
Según fuentes judiciales, la reacción del dirigente deportivo ante la acusación fue un reconocimiento implícito del delito: “Alegó que la deuda reclamada por Afip está dentro de un plan de pagos que se hizo para clubes de futbol. Es decir que reconoce efectivamente que no depositó el dinero que le retuvo a los jugadores. Sólo dice que lo que se retuvo está por ser subsanado o está subsanándose”.
El artículo sexto de la ley 24.769, sobre el Régimen Penal Tributario, por el cual está acusado Lerche, indica que “será reprimido con prisión de dos a seis años el agente de retención o de percepción de tributos nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que no depositare, total o parcialmente, dentro de los diez días hábiles administrativos de vencido el plazo de ingreso, el tributo retenido o percibido, siempre que el monto no ingresado superase la suma de cuarenta mil pesos por cada mes”.
Esto significa que, por más que el club ahora se haya incorporado a un plan de pagos, el delito ya está consumado. De todas maneras, adherirse a algún tipo de convenio con Afip para recomponer los saldos adeudados sí permitiría extinguir la acción penal. Ahora, el juez Francisco Miño tiene un plazo de 10 días para resolver la situación procesal de Lerche, si le dicta el procesamiento o la falta de mérito.
Sobreseídos
En mayo de 2012, los jugadores Esteban Bichi Fuertes y Giovanni Hernández y cuatro dirigentes del Club Atlético Colón fueron sobreseídos en la causa por evasión fiscal en la que fueron procesados por el juez federal Nº 2 de Santa Fe, Francisco Miño, en octubre de 2010. La extinción de la causa se fundamenta en las modificaciones al régimen penal tributario, que entraron en vigencia el pasado 28 de diciembre, y que establece que la persecución penal regirá para deudas anuales de un monto superior a los 400 mil pesos, casi la mitad de lo que adeudaban los futbolistas y los dirigentes José Vignatti y Horacio Darrás, Daniel Díaz y Bruno Chiementín.
En mayo de 2012, los jugadores Esteban Bichi Fuertes y Giovanni Hernández y cuatro dirigentes del Club Atlético Colón fueron sobreseídos en la causa por evasión fiscal en la que fueron procesados por el juez federal Nº 2 de Santa Fe, Francisco Miño, en octubre de 2010. La extinción de la causa se fundamenta en las modificaciones al régimen penal tributario, que entraron en vigencia el pasado 28 de diciembre, y que establece que la persecución penal regirá para deudas anuales de un monto superior a los 400 mil pesos, casi la mitad de lo que adeudaban los futbolistas y los dirigentes José Vignatti y Horacio Darrás, Daniel Díaz y Bruno Chiementín.
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