anuncio

anuncio

anuncio

anuncio

jueves, 28 de marzo de 2013

El Ministro Antonio Ciancio recibió a desarrolladores inmobiliarios de Rafaela


El Ministro de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente, Antonio Ciancio, junto al intendente de Rafaela, Luis Castellano, recibió ayer a los desarrolladores inmobiliarios de esta ciudad del oeste santafesino a fin de acordar las políticas a las que se deberán atener en sus urbanizaciones.
.

El Ministro Antonio Ciancio recibió a desarrolladores inmobiliarios de Rafaela
En la oportunidad, se abordaron los requerimientos ambientales a los que deberán sujetarse los empresarios, los que involucran la provisión de agua potable, cloacas, electricidad, tratamientos de residuos, impacto hídrico, entre otros.

Al respecto, Ciancio señaló que “fue una reunión muy cordial donde a pesar de las disidencias hemos acordado trabajar en conjunto. Para ello se ha conformado una comisión, compuesta por representantes de la provincia, la municipalidad y los desarrolladores, que se volverá a reunir el jueves de la semana que viene para seguir avanzando sobre aspectos que tienen que ver con lo económico y lo técnico y de esta manera ver que pone cada uno para que se puedan escriturar los lotes”, precisó.

“Nosotros dejamos en claro que propiciamos los emprendimientos y que nuestro rol es bregar por el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos, haciendo cumplir las normativas vigentes. Los agentes públicos responsables de la aprobación de una acción u obra, que afecte o sea susceptible de afectar el ambiente, están obligados a solicitar, con carácter previo, el informe de evaluación de impacto ambiental, aprobado por la Secretaría de Medio Ambiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente", destacó el ministro.

En este sentido, el titular de la cartera de Aguas advirtió a los futuros compradores que “busquen terrenos que cuenten con el estudio de impacto ambiental aprobado, porque quienes adquieran lotes en proyectos que no cuenten con ese informe de factibilidad aprobado tendrán serias dificultades para poder escriturarlos”.

Los propios desarrolladores inmobiliarios deben presentar este estudio de impacto ambiental a la Secretaría de Medio Ambiente. Allí deben detallar desde cómo brindarán servicios tan esenciales como el de agua y cloacas hasta el impacto en las rutas provinciales y nacionales de la región. Además deben incluirse lo proyectado, por ejemplo, para la recolección de residuos (lo cual debe consensuarse con los municipios) y hasta la necesidad o no de más servicios de salud, educación y seguridad, cuestiones que deberían financiar los propios desarrolladores. Las carpetas que deben entregar los privados son analizadas por la Subsecretaría de Gestión Ambiental, que evalúa y autoriza.

Por ello desde la provincia se remarca como “fundamental” que el desarrollador cumpla con este requisito para que luego, quien llega en una segunda instancia a comprar un lote pueda finalmente escriturarlo.

Del encuentro, que se realizó en el despacho del titular de la cartera de Aguas en la capital provincia, también estuvieron presentes el presidente del Directorio de Assa, Alberto Daniele; el secretario de Medio Ambiente, César Mackler; el subsecretario de Planificación y Gestión, Ricardo Giacosa; el jefe de Gabinete de la Municipalidad de Rafaela, Marcos Corach; desarrolladores inmobiliarios; concejales y equipos técnicos de esa ciudad del oeste santafesino y de la cartera de Aguas.

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

El gobierno provincial tomó la decisión de regularizar los emprendimientos urbanísticos que mostraron un acelerado crecimiento y en el marco de la ley 11.717 (sancionada en 1999, reglamentada en lo atinente al estudio de impacto ambiental en 2003 y complementada en 2011 con la sanción de la ley de Sanciones Nº 13.060), la Secretaría de Medio Ambiente exige, sin excepción, el denominado estudio de impacto ambiental a toda urbanización que lo amerite según el decreto 101.

El estudio de impacto ambiental es requisito fundamental para autorizar las nuevas urbanizaciones.

El mencionado estudio considera alguno de los siguientes puntos: provisión de agua potable, cloacas, electricidad, gas, tratamiento de residuos, movilidad, impacto hídrico, recursos naturales, entre otros.

Finalmente, desde la provincia se precisa que “el artículo 19 de la ley Nº 11.717 indica que los funcionarios y agentes públicos responsables de la aprobación de una acción u obra, que afecte o sea susceptible de afectar el ambiente, están obligados a solicitar, con carácter previo, el informe de evaluación de impacto ambiental, aprobado por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, hoy Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente” y afirma que “no es la provincia necesariamente la primera que debe exigirlo, sino toda autoridad comunal y municipal previo a la habilitación de obra”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario