La ex diputada había presentado en el 2010, un proyecto para eliminar
el Impuesto a las ganancias de los trabajadores asalariados en relación
de dependencia. El proyecto lleva el Número 1682-D-2010 y, según
cuenta, nunca fue tratado ni siquiera en la Comisión respectiva.
Decía la popular conductora Lidia Satragno (Pinky) en aquel proyecto: No
pueden existir dudas de que las remuneraciones cuya exención se
pretende, si bien constituyen un ingreso para el trabajador, de ninguna
manera pueden reputarse como “ganancia”. Y esto es así, aún en el
sentido “extendido” del término que se le da en la ley del impuesto en
la República Argentina.
El proyecto presentado es muy concreto, corrige el artículo 20 de la
ley de impuesto a las Ganancias, referido a las exenciones, agregando el
siguiente texto: estarán exentas…..“Las remuneraciones por todo
concepto que perciban los trabajadores en relación de dependencia
incluidos en convenios colectivos de trabajo debidamente homologados
ante la autoridad respectiva”.
“Los trabajadores en relación de dependencia incluidos en los
distintos escalafones de los convenios colectivos de trabajo”, decía por
entonces la legisladora nacional “no deben integrar la masa de
contribuyentes alcanzados por el impuesto a las ganancias. Simplemente
porque de ninguna maneras su remuneración, en su mayoría liquidada en
forma quincenal, reúne los requisitos para ser considerada como tal”.
El impuesto a la renta, como técnicamente se conoce a éste gravamen,
fue ideado a principios del siglo pasado en los países centrales como
una forma de allegar recursos a los estados, en base a un criterio de
progresividad, alcanzando fundamentalmente las ganancias del capital en
sus diversas formas: dividendos, intereses, rentas de propiedades etc.
Luego poco a poco, las distintas legislaciones fueron incluyendo lo que
se conoce como rentas del trabajo, aplicándose, exclusivamente, a
aquellas altas remuneraciones que evidenciaban una importante capacidad
contributiva, generalmente referida a actividades autónomas o
profesionales y de dirección de empresas.
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