Es por una causa de extorsión
contra el juez Barbarosch. Llaman a declarar a diputados. Las
negociaciones para adquirir Cablevisión.
Nada sencilla es la situación judicial del empresario de medios, Raúl
Moneta. Ahora la Justicia le exigió \"contar con una autorización
expedida por este Tribunal para poder salir del país\". Quien libró la
orden fue el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°2 a
cargo de Marcelo Martínez De Giorgi.
La causa fue caratulada \"Moneta Raúl y otros S/Extorsión\" y se remonta
al año 2001 cuando el empresario estaba en negociaciones con el grupo
Hicks para adquirir Cablevisión. Pero la gestión no prosperó y ELP
Investment-Moneta inició una causa por estafa contra Hicks. Allí los
jueces Gustavo Bruzzone y Alfredo Barbarosch fallaron en contra de
Moneta. Alegaron que el empresario había hecho \"forum shopping\" (que
había elegido a los jueces que intervinieron en el caso).
Este fallo determinó, a su vez, la destitución del juez de instrucción
Juan José Mahdjoubian y la renuncia de Ismael Muratorio. Y este hecho
originó que, casi inmediatamente, 71 diputados nacionales solicitaran el
jucio político contra Barbarosch por su supuesta vinculación con
integrantes del directorio de Cablevisión. Entre los firmantes se
encuentran Antonio Rattín, Juan Urtubey, Daniel Basile, Gerónimo Vargas
Aignasse, Hugo Franco, Adrián Menem, Humberto Roggero, María del Cármen
Alarcón, Cristian Ritondo, Juan Carlos Gioja, Adriana Bortolozzi y
Carlos Macchi.
Años después, con los veredictos de su lado, Barbarosch denunció a
Moneta y a 71 diputados. En diálogo con Perfil.com, el juez manifestó
que \"esperaba esta decisión\". Además señaló que aún falta saber \"que
pasó con las firmas y espero que los diputados señalen si la firma era
de ellos o no\".
Embargado. Hace unos días la Justicia confirmó el embargo contra el
empresario por la suma de 25 millones de pesos. La defensa de Moneta se
había quejado por la magnitud del monto embargado por considerarlo
\"arbitrario\", pero los jueces de la Sala II de la Cámara remarcaron
que fijó esa suma \"considerando la necesidad de cautelar junto a las
sumas correspondientes al pago de la tasa de justicia, los emolumentos
de los abogados particulares intervinientes y la multa del artículo 22
bis del Código Penal\" que habilita la imposición de una multa si el
hecho fue cometido con ánimo de lucro.
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