La AFIP detalló cuál es el procedimiento para comprar dólares a pesar de haber sido "rebotado" en bancos o casas de cambio. Con documentación respaldatoria del origen de los fondos y una copia de los motivos por los que el sistema de la agencia de recaudación rechazó sus compras, los afectados deberán acudir a una dependencia de la AFIP correspondiente a sus domicilios y quedar sujetos a la decisión del organismo.
Mediante la resolución 3212 del 2011 que entra en vigencia a partir de ahora, la AFIP explicó cuáles son los pasos a seguir para aquellos que intentaron comprar dólares pero fueron rechazados por su "insuficiente capacidad económica financiera".
Los que después del rebote pretendan adquirir dólares de todas maneras, deben acercarse a la dependencia de la AFIP que corresponda a su domicilio fiscal y presentar una nota "redactada en base a un formulario que provee la propia agencia", acompañada de una impresión de la respuesta que le dio el sistema del organismo al rechazar la operación. También deberá llevar "documentación fehaciente que acredite el origen y cuantía de los fondos a utilizar para el pago de la compra de la moneda extranjera".
Si los motivos del rechazo fueran otros, deberá hacerse la misma presentación, además de regularizar su situación impositiva.
La resolución publicada ayer también establece códigos para bancos y casas de cambio puedan agilizar las compras de personas eximidas de los controles, como turistas extranjeros o beneficiarios de jubilaciones percibidas en el exterior.
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