Fue tras una denuncia del Defensor del Pueblo Edgardo Bistoletti, presentada ante el Procurador de la Corte y el Fiscal de Cámara. Todo comenzó cuando en septiembre a Defensoría tomó conocimiento de una intimación de pago por vehículo de la institución. Pero la misma fue dirigida a la Gobernación de Santa Fe, y conmina a abonarla en la Ciudad de Buenos Aires.
El Defensor del Pueblo de Santa Fe, Edgardo Bistoletti, denunció ante el Procurador de la Corte Suprema de Justicia de la provincia y la Fiscalía de Cámara de la 2da. Circunscripción de la provincia a la Municipalidad de Carcarañá. La medida fue tras detectar presuntas irregularidades al confeccionar y aplicar multas por infracción a las normas de tránsito.
Esta denuncia motivó que la Justicia determinara el allanamiento de la Municipalidad de Carcarañá, a la búsqueda de pruebas que permitan hechar luz sobre el tema.
Por su parte, Bistoletti recomendó a la Agencia Provincial de Seguridad Vial que arbitre todos los medios a su disposición "para investigar y sancionar esta conducta, destacó la “similitud” entre este caso y el del municipio de Calchaquí, que fuera denunciado por la institución meses atrás.
El caso se inició cuando en septiembre pasado la Defensoría del Pueblo tomó conocimiento de la existencia de una intimación de pago desde la Municipalidad de Carcarañá por supuesta infracción, cometida por un vehículo oficial.
Pero lo curioso fue que dicha intimación fue dirigida a la “Gobernación de Santa Fe”, y enviada por una “supuesta” mandataria, ya que no consta en la misma su cargo y matriculación. Por medio de esta intimación, conminaron a abonar de forma personal lo reclamado en un domicilio de Capital Federal, o mediante depósito en una caja de ahorro del Banco Nación. “Todo ello -aclaran desde la Defensoría- bajo apercibimiento de iniciar de manera inmediata acciones legales, reclamar la deuda por la vía ejecutiva de apremio, solicitar embargo de bienes y/o inhibición general”.
Otras irregularidades detectadas son cuando se supone que se ha condenado a la “Gobernación de Santa Fe”, siendo que ésta no es un ente jurídico, y que sea un empleado de la intendencia de Carcaraña quien tenga facultades para emitir una condena contra la provincia de Santa Fe.
Ante estos hechos, Bistoletti cuestionó que “en el hipotético supuesto que se hubiere condenado a la provincia de Santa Fe como ente jurídico público, también es insólito que, una resolución administrativa que impone pagar una multa, si es que existe alguna infracción cometida, pueda imputarse a la persona jurídica, y para más de derecho público, pues es obvio que la supuesta infracción sólo puede ser cometida por una persona física”.
Una vez que se constataron estas irregularidades, personal de la Defensoría del Pueblo contactó a la Agencia Provincia de Seguridad Vial, donde informaron que durante una auditoría realizada el 29 de julio de 2008 esta repartición encontró “no conformidades” en los procedimientos de comprobación de infracciones e imposición de sanciones . Posteriormente, otra auditoría del 8 de abril de 2009 resultó en una sugerencia de funcionarios de esa Agencia de suspender la autorización a la Municipalidad de Carcarañá.
La propia agencia de Seguridad Vial explicitó que a través de la auditoría se constataron“variadas irregularidades vinculadas principalmente al procesamiento y notificación de las actas de infracción, la mora en los plazos de notificación a los imputados y la imposibilidad de inspeccionar la sala de edición de la empresa contratada para la operación técnica de los equipos automatizados”.
Esta denuncia motivó que la Justicia determinara el allanamiento de la Municipalidad de Carcarañá, a la búsqueda de pruebas que permitan hechar luz sobre el tema.
Por su parte, Bistoletti recomendó a la Agencia Provincial de Seguridad Vial que arbitre todos los medios a su disposición "para investigar y sancionar esta conducta, destacó la “similitud” entre este caso y el del municipio de Calchaquí, que fuera denunciado por la institución meses atrás.
El caso se inició cuando en septiembre pasado la Defensoría del Pueblo tomó conocimiento de la existencia de una intimación de pago desde la Municipalidad de Carcarañá por supuesta infracción, cometida por un vehículo oficial.
Pero lo curioso fue que dicha intimación fue dirigida a la “Gobernación de Santa Fe”, y enviada por una “supuesta” mandataria, ya que no consta en la misma su cargo y matriculación. Por medio de esta intimación, conminaron a abonar de forma personal lo reclamado en un domicilio de Capital Federal, o mediante depósito en una caja de ahorro del Banco Nación. “Todo ello -aclaran desde la Defensoría- bajo apercibimiento de iniciar de manera inmediata acciones legales, reclamar la deuda por la vía ejecutiva de apremio, solicitar embargo de bienes y/o inhibición general”.
Otras irregularidades detectadas son cuando se supone que se ha condenado a la “Gobernación de Santa Fe”, siendo que ésta no es un ente jurídico, y que sea un empleado de la intendencia de Carcaraña quien tenga facultades para emitir una condena contra la provincia de Santa Fe.
Ante estos hechos, Bistoletti cuestionó que “en el hipotético supuesto que se hubiere condenado a la provincia de Santa Fe como ente jurídico público, también es insólito que, una resolución administrativa que impone pagar una multa, si es que existe alguna infracción cometida, pueda imputarse a la persona jurídica, y para más de derecho público, pues es obvio que la supuesta infracción sólo puede ser cometida por una persona física”.
Una vez que se constataron estas irregularidades, personal de la Defensoría del Pueblo contactó a la Agencia Provincia de Seguridad Vial, donde informaron que durante una auditoría realizada el 29 de julio de 2008 esta repartición encontró “no conformidades” en los procedimientos de comprobación de infracciones e imposición de sanciones . Posteriormente, otra auditoría del 8 de abril de 2009 resultó en una sugerencia de funcionarios de esa Agencia de suspender la autorización a la Municipalidad de Carcarañá.
La propia agencia de Seguridad Vial explicitó que a través de la auditoría se constataron“variadas irregularidades vinculadas principalmente al procesamiento y notificación de las actas de infracción, la mora en los plazos de notificación a los imputados y la imposibilidad de inspeccionar la sala de edición de la empresa contratada para la operación técnica de los equipos automatizados”.
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