jueves, 27 de junio de 2013

CAYASTÁ: Rigen las nuevas normas de zonificación urbana

La normativa permitirá regular los usos del territorio comunal, ordenando el crecimiento urbano, los emprendimientos inmobiliarios y las áreas vinculadas a edificaciones y emprendimientos turísticos. “Pretendemos que se respete la identidad costera, que la expansión de Cayastá se haga mirando el río y no a sus espaldas”, expresó Luciano Figueroa, Secretario de Planeamiento Urbano de la Comuna.

Rigen las nuevas normas de zonificación urbana

Durante años, Cayastá careció en la práctica de una regulación territorial. Pese a la existencia de un decreto del año 1967 sobre esta materia, la expansión urbana del pueblo se realizó de manera anárquica, sin respetar criterios básicos que hacen al planeamiento urbano de las ciudades y pueblos.
Esta situación llevó a las actuales autoridades de la comuna a establecer entre sus prioridades de gobierno, la elaboración de un reglamento de zonificación urbana que proyecte un crecimiento ordenado de las áreas pobladas y turísticas de Cayastá. “Esta ordenanza tiene varios ejes articuladores. Uno de ellos apunta a establecer un planeamiento urbano, la regulación del uso del suelo, preservando la naturaleza y el río a la hora de definir los loteos. Pretendemos que se respete la identidad costera, que la expansión de Cayastá se haga mirando el río y no a sus espaldas”, indicó Figueroa.
Otro de los criterios que definen la nueva normativa refiere a la diferenciación en la fijación de tasas, entre lotes para la población urbana y los emprendimientos inmobiliarios y turísticos. “De este modo queremos proteger a los pobladores de la comuna de la especulación inmobiliaria o de los vaivenes del mercado producidos entorno a los lotes vinculados a la explotación turística. Hay que tener en cuenta que además de la población autóctona, Cayastá recibe cada fin de semana a decenas, cientos de turistas, según la época del año. Por eso, a la hora de definir un planeamiento urbano, debemos fijar un criterio de progresividad económica que contemple las características y complejidades de la comuna”, manifestó Viviana Agusti, Secretaria de Gobierno de la Comuna.
La ordenanza también apunta a fijar las condiciones para movilizar la economía de Cayastá. “Una buena regulación inmobiliaria debe promover la inversión inmobiliaria y castigar la mera especulación de aquellos que sólo apuestan a conservar, durante años una propiedad, usufructuando el incremento de sus valores sin hacer ningún tipo de aporte al pueblo. Pretendemos generar las condiciones para generar inversiones turísticas o inmobiliarias, utilizando los criterios legales más modernos. Al comenzar a abonar una tasa mensual, más alta en el caso de los lotes baldíos, se desalentará la mera especulación”, indicó más adelante Viviana Agusti.
Para finalizar, la secretaria de gobierno recalcó que esta rezonificación no sólo supone un avance en materia de planeamiento urbano, sino que permite una mejora en la situación económica de la comuna. “Con esta tasa, Cayastá incrementa sus recursos propios. Esta situación dota de mayor autonomía financiera a la comuna, fijando un criterio de solidaridad impositiva, ya que los dineros aportados por cada contribuyente beneficiarán al conjunto de la población, a partir de nuevas inversiones y obras de infraestructura en la comuna”.
Algunos ejes de la zonificación
  • Extensión Zona urbana: se presta una misma secuencia de servicios, acceso a luz de la EPE y no de la Cooperativa, lotes de 12 por 30, sin FOS ni FOT.
  • Definición de Zonas para fijar diferente tamaños de lotes, especificaciones en la construcción, FOS ( Factor de Ocupación del suelo, número que multiplicado por la superficie total de la parcela determina la superficie de la construcción en planta baja. Es decir cuánto puede ocupar de la superficie total del terreno, ej zona RD, donde el lote es de 900 mts2 se le pide que ocupe solo el 30% del terreno es decir 180 mts2 ) y FOT (Factor de Ocupación Total: número que multiplicado por la superficie total de la parcela determina la superficie total edificable, es decir hasta que altura se puede edificar).
  • Diseño especial para zona RD por riesgos de inundación, exigiendo costanera, colectora por tener defensa, trazado de calles transversales y construcción palafíticas, fos y fot.
  • Respeto por la continuidad de calles existentes en los nuevos loteos o trazados urbanísticos, como así también el respeto de línea de ribera o costanera. 

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