La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia inició un proceso de monitoreo sobre las petroleras YPF, Shell, Esso, Petrobras y Oil Combustibles, para verificar si venden gasoil al transporte de pasajeros al mismo precio que al público en estaciones de servicio.
“El día jueves 26 de enero, el secretario de Comercio Interior
emitió la resolución Nº 6 en base al Dictamen Nº 739 emitido por la
CNDC”, informó el organismo. Esa norma implica el dictado de una “medida
precautoria contra las principales empresas petroleras del país, entre
las que se encuentran las empresas YPF, Shell , ESSO, Petrobras y Oil“.Así,
Guillermo Moreno ordenó a las empresas petroleras que suministren
gasoil a granel al sector de transporte público de pasajeros en
condiciones no discriminatorias. Es decir, que lo vendan al menos al
mismo precio que cobran al público en general en las diferentes
estaciones de servicios.La CNDC inició el 27 de enero el proceso de
“monitoreo de cumplimiento” y requirió ese día a diferentes cámaras del
sector de transporte público automotor de pasajeros que informen los
domicilios de los centros de abastecimiento de gasoil de algunas de las
empresas que representan y que se encuentran en determinadas ciudades
del país.
Una vez conocidos los domicilios y ciudades de los centros de
abastecimiento, la CNDC llevará a cabo una serie de “medidas de
monitoreo de precios en las diferentes ciudades a fin de poder comparar
los precios que se cobran en las estaciones de servicio de bandera y el
precio que abonan las empresas de transporte público de pasajeros”.
Mañana comenzarán estos procedimientos en Capital Federal, Córdoba, Rosario, Mar del Plata, Tucumán, Resistencia, Mendoza, Neuquén y Comodoro Rivadavia, una práctica que continuará las semanas siguientes en todo el interior del país, dijo el comunicado.
Si se constata el incumplimiento de la medida preventiva, “la autoridad de competencia puede imponer una multa de hasta un millón de pesos diarios a cada compañía hasta el efectivo cumplimiento según lo dispone la Ley 25156″ de Defensa de la Competencia.
La medida preventiva comenzó a regir el 27 de enero y el control se lleva a cabo teniendo en cuenta las características de la contratación y el procedimiento de abastecimiento del gasoil en el mercado de transporte de pasajeros.
Es decir, las transportistas depositan el dinero correspondiente a la compra y luego realizan el pedido a la compañía petrolera que finalmente envía el combustible en un plazo de 48 a 72 horas después del depósito del dinero.
“Por lo tanto, el monitoreo se hará sobre todo las fases de este procedimiento de abastecimiento, comenzando por los contratos peticionados desde el 27 de enero en adelante”, dijo el comunicado de la Comisión.
Mañana comenzarán estos procedimientos en Capital Federal, Córdoba, Rosario, Mar del Plata, Tucumán, Resistencia, Mendoza, Neuquén y Comodoro Rivadavia, una práctica que continuará las semanas siguientes en todo el interior del país, dijo el comunicado.
Si se constata el incumplimiento de la medida preventiva, “la autoridad de competencia puede imponer una multa de hasta un millón de pesos diarios a cada compañía hasta el efectivo cumplimiento según lo dispone la Ley 25156″ de Defensa de la Competencia.
La medida preventiva comenzó a regir el 27 de enero y el control se lleva a cabo teniendo en cuenta las características de la contratación y el procedimiento de abastecimiento del gasoil en el mercado de transporte de pasajeros.
Es decir, las transportistas depositan el dinero correspondiente a la compra y luego realizan el pedido a la compañía petrolera que finalmente envía el combustible en un plazo de 48 a 72 horas después del depósito del dinero.
“Por lo tanto, el monitoreo se hará sobre todo las fases de este procedimiento de abastecimiento, comenzando por los contratos peticionados desde el 27 de enero en adelante”, dijo el comunicado de la Comisión.

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