El juez hizo lugar al amparo de los padres del menor con encefalitis y mielitis. La obra social había rechazado el pedido diciendo no estar obligada a dar prestaciones educativas, sino sólo médico-asistenciales.
.La Capital |
El Iapos deberá pagar el transporte especial de un niño discapacitado desde su casa a la escuela y viceversa.
El juez en lo civil y comercial Hernán Carrillo hizo lugar al recurso de amparo presentado por los padres del menor que padece encefalitis y mielitis.
La obra social de los empleados públicos de la provincia de Sante Fe había rechazado el reclamo manifestando que no está obligada a brindar prestaciones educativas, sino solamente médico-asistenciales.
El magistrado sostiene en la resolución que “la finalidad del Iapos es atender al bienestar social de sus afiliados”.
El magistrado sostiene en la resolución que “la finalidad del Iapos es atender al bienestar social de sus afiliados”.
Agrega que “la falta de otorgamiento de la prestación solicitada compromete la salud e integridad física de las personas”.
El juez condenó al Iapos a tomar a su cargo el costo del transporte especial de este niño desde su domicilio hasta la escuela y el retorno a su casa.
El juez condenó al Iapos a tomar a su cargo el costo del transporte especial de este niño desde su domicilio hasta la escuela y el retorno a su casa.
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