El Fiscal Municipal,
Esteban Gaggiamo, anunció que el Municipio va a apelar el fallo del Juez de la
2ª Nominación que declaró la inconstitucionalidad del Reglamento de Ordenamiento
Urbano en relación a un inmueble situado en calle Güemes.
La Municipalidad de Santa Fe apelará esta semana el fallo del Juez
Civil y Comercial de la 2ª Nominación, Carlos Dávila, que prohibió la
construcción de un edificio en calle Güemes al 3100. “La postura del Municipio
ha sido siempre clara en cuanto a defender las potestades de las instituciones
del Municipio. Aquí existe una norma, que fue debatida, que fue sancionada, y
que fue puesta en funcionamiento por el Concejo Deliberante”, explicó hoy el
Fiscal Municipal, Esteban Gaggiamo. En esa línea, enfatizó que “fue el Concejo
quien determinó cuáles serían las pautas del diseño de ciudad a través del
Reglamento de Ordenamiento Urbano (ROU). La sanción de esa norma fue producto de
un extenso debate, en el que se dio participación a los vecinos, a los
profesionales, a colegios y entidades”.
El Fiscal Municipal también recordó que, en el caso particular de
barrio Candioti, hasta el año 2008 “no existía ninguna restricción para la
construcción en altura”, y reiteró que “luego de un profundo debate, se
sancionó, se promulgó y se publicó una ordenanza que fija reglas de juego
claras. Por lo tanto, la posición del Municipio va a ser defender este mecanismo
de fijar reglas de juego que le corresponde al Concejo Municipal”. Y fue allí
cuando remarcó “que el diseño de la ciudad es potestad del Concejo y del
Municipio”.
En ese sentido, apuntó que “la participación del vecino,
sugiriendo a las autoridades es importantísima. Pero una vez adoptada la
decisión, si bien puede seguir discutiéndose, se discute en el ámbito que
corresponde, no en el ámbito judicial”.
Por un crecimiento
ordenado
El Fiscal Municipal manifestó la preocupación del Municipio porque
“para declarar inconstitucional una norma, tiene que indicarse qué otra norma de
rango superior se está violentando, algo que no ocurre en este caso”. Y más aún:
“Si se declara inconstitucional una norma, debería aplicarse otra. Y en este
caso, no hay otra norma que esté vigente y que restrinja la construcción de
edificios en altura. La gravedad de la decisión está dada porque el juez ordena
aplicar una norma (la ordenanza 11613) que fue derogada expresamente por el
Concejo en la ordenanza 11748, de 2010. Esto indicaría que, en caso de respetar
el fallo del juez, se podría construir en altura en cualquier lugar de la ciudad
y sin límites de ningún tipo”, remarcó Gaggiamo.
Mientras tanto, y hasta que la Cámara de Apelación resuelva con
respecto al recurso que presentará esta semana el Municipio, “seguimos con la
aplicación del Reglamento de Ordenamiento Urbano, que rige para toda la ciudad y
no sólo para barrio Candioti. Es decir, seguiremos con la normativa vigente,
excepto donde la Justicia ha ordenado que se paralice, que es en este caso
concreto de calle Güemes”.
“El diseño de la ciudad es potestad del Concejo y del Municipio”
ResponderEliminaren serio? que democraticos...