miércoles, 4 de julio de 2012

SANTA FE: “El diseño de la ciudad es potestad del Concejo y del Municipio”

El Fiscal Municipal, Esteban Gaggiamo, anunció que el Municipio va a apelar el fallo del Juez de la 2ª Nominación que declaró la inconstitucionalidad del Reglamento de Ordenamiento Urbano en relación a un inmueble situado en calle Güemes.

La Municipalidad de Santa Fe apelará esta semana el fallo del Juez Civil y Comercial de la 2ª Nominación, Carlos Dávila, que prohibió la construcción de un edificio en calle Güemes al 3100. “La postura del Municipio ha sido siempre clara en cuanto a defender las potestades de las instituciones del Municipio. Aquí existe una norma, que fue debatida, que fue sancionada, y que fue puesta en funcionamiento por el Concejo Deliberante”, explicó hoy el Fiscal Municipal, Esteban Gaggiamo. En esa línea, enfatizó que “fue el Concejo quien determinó cuáles serían las pautas del diseño de ciudad a través del Reglamento de Ordenamiento Urbano (ROU). La sanción de esa norma fue producto de un extenso debate, en el que se dio participación a los vecinos, a los profesionales, a colegios y entidades”.
El Fiscal Municipal también recordó que, en el caso particular de barrio Candioti, hasta el año 2008 “no existía ninguna restricción para la construcción en altura”, y reiteró que “luego de un profundo debate, se sancionó, se promulgó y se publicó una ordenanza que fija reglas de juego claras. Por lo tanto, la posición del Municipio va a ser defender este mecanismo de fijar reglas de juego que le corresponde al Concejo Municipal”. Y fue allí cuando remarcó “que el diseño de la ciudad es potestad del Concejo y del Municipio”.
En ese sentido, apuntó que “la participación del vecino, sugiriendo a las autoridades es importantísima. Pero una vez adoptada la decisión, si bien puede seguir discutiéndose, se discute en el ámbito que corresponde, no en el ámbito judicial”.

Por un crecimiento ordenado

El Fiscal Municipal manifestó la preocupación del Municipio porque “para declarar inconstitucional una norma, tiene que indicarse qué otra norma de rango superior se está violentando, algo que no ocurre en este caso”. Y más aún: “Si se declara inconstitucional una norma, debería aplicarse otra. Y en este caso, no hay otra norma que esté vigente y que restrinja la construcción de edificios en altura. La gravedad de la decisión está dada porque el juez ordena aplicar una norma (la ordenanza 11613) que fue derogada expresamente por el Concejo en la ordenanza 11748, de 2010. Esto indicaría que, en caso de respetar el fallo del juez, se podría construir en altura en cualquier lugar de la ciudad y sin límites de ningún tipo”, remarcó Gaggiamo.
Mientras tanto, y hasta que la Cámara de Apelación resuelva con respecto al recurso que presentará esta semana el Municipio, “seguimos con la aplicación del Reglamento de Ordenamiento Urbano, que rige para toda la ciudad y no sólo para barrio Candioti. Es decir, seguiremos con la normativa vigente, excepto donde la Justicia ha ordenado que se paralice, que es en este caso concreto de calle Güemes”.

1 comentario:

  1. “El diseño de la ciudad es potestad del Concejo y del Municipio”

    en serio? que democraticos...

    ResponderEliminar