martes, 27 de diciembre de 2011

Edgardo Storni presentó un certificado médico y no fue a la audiencia

El ex arzobispo de Santa Fe estaba citado para el 15 de diciembre en la justicia santafesina, pero su abogado defensor puso a disposición de la Justicia un informe médico sobre su imposibilidad de viajar.

Un certificado médico presentado por el ex arzobispo de Santa Fe, Edgardo Gabriel Storni, obligó al juez de Sentencia N° 3, Cristian Fiz, a dilatar el dictado de un nuevo fallo hasta tanto no pueda entrevistarlo personalmente. Mientras tanto, se ordenaron medidas para constatar si efectivamente el imputado -que se encuentra radicado en Córdoba- está impedido de comparecer.

La audiencia prevista en el Artículo N° 41 del Código Penal, que es la que obliga al juez a “tomar conocimiento directo y de visu del sujeto”, estaba pautada para el jueves 15 de diciembre en los tribunales locales, pero se suspendió por la ausencia del acusado. Ese día, el abogado penalista, Eduardo Jauchen, entregó al juez Fiz un informe del médico particular de Storni, en el que se daba cuenta de la imposibilidad de trasladarlo hasta la capital santafesina.

Para asegurarse de la veracidad del certificado, el magistrado envió un exhorto a los Tribunales de Cosquín esa misma semana, para que un médico oficial revise al enfermo y constate la restricción al traslado. La medida fue comunicada a las partes y contó con el aval de la fiscal N° 5, Elena Perticará.

En caso de que el examen oficial coincida con el particular, el juez deberá trasladarse hasta La Falda, Córdoba, para realizar la entrevista en persona con el imputado; pero de lo contrario, Storni será citado nuevamente y si es necesario se ordenará su comparecencia por la fuerza pública.

Nueva sentencia

El juez Fiz quedó a cargo del expediente, y por ende de dictar una nueva sentencia, tras la declaración de nulidad de la condena alcanzada en 2009 por la jueza de Sentencia N° 2, María Amalia Mascheroni.

Este año, los dos episodios más relevantes en torno a la causa Storni, se centraron en las decisiones de la Cámara de Apelación Penal.

Primero el 27 de abril, cuando los camaristas de la Sala IV integrada por Sebastián Creus, Roberto Prieu Mántaras y Pedro Sobrero -en disidencia-, anularon el fallo de primera instancia en el que Storni había sido condenado. Y luego en agosto, la Cámara rechazó el recurso de inconstitucionalidad contra el fallo anterior, planteado por la defensa del ex arzobispo.

El 29 de diciembre de 2009 la jueza Mascheroni condenó a Storni como autor penalmente responsable por el delito de abuso sexual agravado a la pena de ocho años de prisión e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena y las costas del proceso.

Hace 19 años

El hecho que fue objeto del juicio fue denunciado por el ex seminarista Rubén Descalzo y data de enero de 1993. Según se pudo reconstruir fue en horas de la tarde, dentro de las instalaciones de la sede del Arzobispado local, en un momento en que Descalzo y Storni estuvieron a solas. Descalzo ingresó al Seminario Nuestra Señora Madre en 1990 y lo abandonó en marzo de 1993 tras el escándalo.

Para justificar su postura al anular el fallo, la Cámara sostuvo que “en el proceso no se juzgan actitudes del imputado; si defraudó las expectativas de los seminaristas, si tuvo manejos afectivos impropios, si se negó a la investigación, si fue un mal obispo, si éticamente resulta reprochable para los fieles de la Iglesia Católica Apostólica Romana, si incurrió en conductas equívocas con relación a la investidura, si, en definitiva, tuvo actos que revelan una tendencia homosexual, son todos cuestionamientos ajenos al ámbito de la responsabilidad penal de la cual no podemos ni debemos, por mandato constitucional, apartarnos”.

El comienzo

Monseñor Storni, de 75 años, fue indagado por primera vez en diciembre de 2002. Lo procesaron el 25 de febrero de 2003 por el delito de “abuso sexual agravado” en el caso de Rubén Descalzo y fue sobreseído por otras dos denuncias de seminaristas.

La causa penal se inició el 14 de agosto de 2002 mediante requerimiento fiscal a raíz de “versiones periodísticas” del libro “La Santa Madre” de Olga Wornart.

Primer trascendió “la situación de Santa Rosa de Calamuchita -lugar de retiro-, acaecida con un seminarista en enero de 1992” en la que se hablaba del “serio desliz que afecta a un grupo en plena formación espiritual y humana por la gravedad de los actos realizados por monseñor”, decía la sentencia de la jueza Mascheroni.

Desde el momento en que el caso ingresó a la Justicia y tomó estado público, el religioso se fue a vivir a La Falda, Córdoba, donde se encuentra alojado desde entonces.

No hay comentarios:

Publicar un comentario