El pedido de informes de la
Diputada Alejandra Obeid pretende analizar los efectos de la aplicación
de la Resolución Ministerial.
La Resolución Nº 843/10 del Ministerio de Salud, referida a la
creación del “Registro PúblicoProvincial de Objetores de Conciencia”
data de abril de 2010. En tal sentido, ladiputada manifestó: “si bien a
través de este Registro quienes por conviccioneséticas o religiosas se
nieguen a realizar determinadas prestaciones debenhacerlo con carácter
de declaración jurada y sólo se refiere a lasexclusivamente relacionadas
con la salud sexual y reproductiva de la población,es necesario tener
la información de avance de la misma ya que se cumplierondos años desde
su implementación y ha sido difundida ampliamente entre losintegrantes
de los equipos de salud.”
Esta norma ministerial determina que las institucionespúblicas
deben organizar sus estructuras y planteles de empleados teniendo
encuenta la necesidad de no afectar la prestación de servicios. “A causa
de las numerosascontroversias entre los integrantes de los equipos de
salud por este tema, esde suma importancia conocer los resultados y las
repercusiones obtenidas entrelos mismos”, continuó la Legisladora.
Entre las principales cuestiones del pedido de informes,se solicita
al Poder Ejecutivo que explique si el Ministerio de Salud
tienefacultades para condicionar las acciones a fin que la normativa
seaacatada también por la actividad privada y si estima que puede
sancionar a losprofesionales que no se hubiesen registrado efectivamente
dentro del plazoestipulado, sanción que consiste en negarles el derecho
a la objeción de concienciasi así fuera re considerado.
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