viernes, 7 de octubre de 2011

PROV. SANTA FE/Los tres poderes del Estado se someten a control ciudadano

La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe volvió a dar media sanción a la ley de libre acceso a la información pública. En los últimos ocho años el Senado puso trabas para que la norma no salga.

Los tres poderes del Estado se someten a control ciudadano

Por tercera vez en el último lustro la Cámara de Diputados de Santa Fe dio media sanción al proyecto de ley sobre libre acceso a la información pública. El texto, harto conocido por los legisladores, permitiría que cualquier ciudadano pueda ejercitar su derecho a requerir, consultar y recibir información de cualquiera de los poderes del Estado. Entre otras cosas, la norma habilitaría que diputados y senadores den a conocer adónde van a parar los miles de pesos que se destinan en subsidios todos los años; el Ejecutivo tendría que informar cómo gasta los recursos públicos; y la Justicia ya no sólo tendría que “hablar por sus fallos”. La obligación también abarcaría a las empresas y sociedades del Estado o con participación estatal y otros entes públicos. El proyecto –que es autoría de los diputados Gabriel Real (PDP) y Hugo Marcucci (UCR)– además plantea que el libre acceso es aplicable “a las personas privadas que en virtud de una ley ejerzan funciones públicas, así como a las personas privadas que hayan recibido aportes o subsidios del sector público provincial o a las que se les haya otorgado, mediante permiso, licencia, concesión o cualquier otra forma contractual la prestación de un servicio público o la explotación de un bien del dominio público, que posean información privada de naturaleza pública o vinculada al servicio o concesión que explote”. A su vez, municipalidades y comunas en los casos que reciban “subsidios, fondos o aportes de cualquier tipo, cuando éstos no constituyen un derecho de los mismos”. El texto tiene 17 artículos y ninguna restricción normativa para que el Estado no brinde la información requerida, salvo algunas excepciones. Por ejemplo, que sean “datos personales sensibles protegidos”, “pueda ocasionarse un peligro a la vida de las personas o afectarse su derecho a la intimidad”, “razones de seguridad pública”, “secretos bancarios o financieros” y “secretos industriales, comerciales, científicos o técnicos pertenecientes a organismos o empresas del Estado Provincial”, entre otros. “El silencio o la falta de motivación de la respuesta se presumen como negativa a brindarla y deja habilitada la acción de amparo ante la Cámara Contencioso Administrativa. La denegatoria total o parcial de la información debe fundarse por escrito y estar motivada”, añade el proyecto de ley que pasó al Senado. Fracasos legislativos El libre acceso a la información pública es un derecho consagrado en la Constitución Nacional desde la reforma de 1994, con la intención de promover la transparencia en la función pública, combatir la corrupción y ayudar a la participación de los ciudadanos. La primera iniciativa en ese sentido data de 2002, cuando el ex diputado provincial del PDP, Carlos Favario, presentó un proyecto que nunca pudo tratarse. Recién sus sucesores Gabriel Real y Héctor Jullier, durante la segunda gestión de Jorge Obeid, consiguieron la media sanción en la Cámara baja pero el oficialismo de la época (el PJ) no tuvo voluntad política de transformarla en ley. De hecho, el senador reutemanista Raúl Gramajo (que volverá al cuerpo legislativo el 11 de diciembre), planteó la necesidad de incluir en el proyecto la obligación en los solicitantes de acreditar interés legítimo. Esa cláusula restrictiva del acceso a la información pública –porque era el propio Estado el que discrecionalmente evaluaría qué era de interés legítimo y qué no– hizo fracasar su discusión. Ante la imposibilidad de contar con una ley, pero al aguardo de ella, Hermes Binner decidió en 2008 que el Ejecutivo se someta al libre acceso a la información pública. Lo hizo a través de un decreto, que obviamente no alcanza a los otros poderes porque tienen autonomía constitucional, así que el Legislativo y el Judicial no están obligados a responder los requerimientos que podría hacer cualquier ciudadano. En 2009, la misma ley que se aprobó en 2002 (y también ayer) y volvió a tener media sanción en Diputados, cuando llegó al Senado la mayoría justicialista incorporó un artículo que resultó demasiado hilarante para la calidad institucional: los legisladores son los únicos que no están obligados a informar cómo distribuyen los subsidios (20 mil pesos por mes en el caso de los senadores). El proyecto modificado cayó por su propio peso, y el socialista Juan Carlos Zabalza reingresó un texto muy similar al original, pero nunca salió de las comisiones de trabajo. Ahora, los integrantes de la Cámara alta volverán a tratar un viejo y conocido proyecto.

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