viernes, 28 de febrero de 2014

SANTA FE: Delito y prisión domiciliaria

 Son dos hermanas que están imputadas por un homicidio ocurrido la semana pasada en Padre Catena al 4.200. Una de ellas está embarazada de siete meses y la otra tiene tres hijos menores
Decisión. El juez Falkenberg dijo que la medida preserva el interés superior del niño, no es una concesión a las acusadas. / FOTO: MANUEL TESTI - ARCHIVO UNODECISIÓN. EL JUEZ FALKENBERG DIJO QUE LA MEDIDA PRESERVA EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, NO ES UNA CONCESIÓN A LAS ACUSADAS. / FOTO: MANUEL TESTI - ARCHIVO UNO
El juez Nicolás Falkenberg concedió la prisión domiciliaria a dos hermanas sospechadas de asesinar a Lidia Aquino en la puerta de su casa, en barrio Villa del Parque. El abogado de las acusadas, Claudio Torres del Sel, había planteado morigerar la detención de ambas mujeres: una porque está embarazada de siete meses y la otra porque está a cargo de tres hijos, todos menores de cinco años.

Los fiscales del Ministerio Público de la Acusación no estaban de acuerdo con el planteo de la defensa pero entienden que están dadas las circunstancias previstas en el Código Penal (artículo 10º) para conceder el beneficio. De esa manera, al no haber causas fundadas en contrario, la detención domiciliaria Dana M. y de Joana M. se concretará en sendas viviendas ubicadas en Arroyo Leyes.
En el caso de la primera de ellas –en estado avanzado de gravidez– será su madre quien la asista en la casa, estará a cargo del cumplimiento de la medida y sobre sí recaerá la responsabilidad en caso de fuga. Con su hermana, en tanto, será el marido el responsable. Al respecto, el juez dispuso que la policía del distrito deba realizar un mínimo de tres visitas diarias, y sorpresivas, para observar que las acusadas acaten el régimen de detención.

Además, Falkenberg explicó a las partes –defensa y fiscalía– que dicho beneficio se asienta en el “interés superior del niño” (de las dos jóvenes mujeres) y no es una concesión para las imputadas. Mientras tanto, los fiscales Jorge Nessier y Cristina Ferraro deberán colectar las pruebas suficientes para determinar el grado de culpabilidad de Dana M. y Joana M. en el episodio ocurrido el 18 de febrero.
Hay que recordar que Torres del Sel había dicho que Joana declaró que el homicidio se dio luego de una pelea entre su hermana, Lidia Aquino y dos de sus hijos. En ese contexto, se produjo “un forcejeo” y “se efectúa un solo disparo” que dio en el cráneo de la persona fallecida. Según otra información que se dio a conocer extraoficialmente, en realidad hubo dos disparos y se realizaron para terminar la discusión.

Las hermanas M. escaparon del lugar y recién un par de días después se presentaron de manera espontánea y acompañadas por abogados ante las oficinas del Ministerio Público de la Acusación. Ambas están siendo investigadas por “homicidio calificado por uso de arma” contra Lidia Aquino, de 43 años. En su edición del 19 de enero, Diario UNO contó que los vecinos del barrio dijeron a los uniformados que se trató de un problema personal entre la mujer y una joven embarazada, y que además se trataría de la ejecución de una venganza.

Lo que dice la ley
El artículo 229º del Nuevo Código Procesal Penal establece que “las libertades provisionales que sean alternativas o las morigeraciones dispuestas respecto de una prisión preventiva, caducarán de pleno derecho cuando el imputado fuera detenido en relación a otro procedimiento penal” o no cumpla con la disposición. Por caso, si cualquiera de las hermanas M. pasan el umbral de las viviendas que habitarán y eso se puede comprobar (con testigos o de alguna otra manera), inmediatamente tendrán que volver a un centro de detención. A su vez, el Código Penal argentino prevé en su artículo 10 que “podrán cumplir la pena en detención domiciliaria (a criterio del juez), según ciertos casos y verificados los causales por los peritos: enfermedad grave o terminal, mayores de 70 años, familiares enfermos, cuando la prisión en esa cárcel les impida curarse de una dolencia específica”. También lo puede pedir “el interno discapacitado cuando la pérdida de libertad implique un maltrato inhumano y cruel”. Y se incluye a la mujer madre de niños menores de cinco años y las embarazadas, que son dos supuestos que se cumplen en la imputación contra Dana M. y Joana M.

El juez Falkenberg, ayer en la audiencia de morigeración de prisión preventiva, remarcó que se hicieron constataciones medioambientales en los domicilios donde residirán las hermanas, se analizó a las personas que estarán a cargo (la madre de ambas y el marido de una de ellas) y les indicó que bajo ninguna circunstancia podrán salir de la vivienda sin antes tener autorización de la Justicia. Salvo la embarazada, que podrá ir de urgencia a un centro sanitario pero inmediatamente informarlo.
Diario Uno.

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