viernes, 6 de septiembre de 2013

SANTA FE: El Concejo sancionó la creación del Sistema Municipal de Áreas Naturales Protegidas

Su función será la de preservar el ámbito natural de la ciudad y planificar políticas de Estado con planes a mediano y largo plazo. La determinación de los espacios será establecida por Ordenanza, previa opinión fundada del Ejecutivo. También podrán elevarse peticiones particulares. La iniciativa había sido elaborada por Vanesa Oddi.

El Concejo sancionó la creación del Sistema Municipal de Áreas Naturales Protegidas

Los Concejales dieron el visto bueno al Sistema Municipal de Áreas Naturales Protegidas. Ocurrió esta tarde de acuerdo a lo aprobado por el Cuerpo, tras una propuesta elevada por Vanesa Oddi (FPCyS-PS).
Según se detalla, se establecerá como Área Natural Protegida “a todo ambiente o territorio sobre los que, por razones científicas, económicas, históricas, patrimoniales, culturales, ambientales o de seguridad para la comunidad se considere necesario aplicar acciones tendientes a preservar el sistema natural y estén orientadas a mejorar la calidad de vida humana y por lo tanto estarán sujetas a un manejo legal especial que  deberá  establecer el Departamento Ejecutivo”.
En el Recinto, la propulsora de la iniciativa explicó que “trabajé en este Proyecto, intentando con él, fortalecer el rol del Estado local en cuanto a la planificación  territorial, con el fuerte convencimiento que el diseño de estrategias para el desarrollo urbano tiene que tener como objetivo principal mejorar la calidad de vida de la gente y garantizar derechos fundamentales como el derecho a una vida digna en un ambiente sano. De  no ser  así,  el espacio urbano  puede  llegar  a  ser  un  espacio  de  ausencias. De ausencia de naturaleza y de ausencia de propuestas”, señaló Vanesa Oddi.
La presencia del Estado
La Concejala Socialista aclaró que “preservar no significa no actuar, no significa la no acción para la conservación. Sino por el contrario, implica fundamentalmente actuar sobre ellas habilitando nuevos usos para estas áreas, potenciando y fortaleciendo sus atributos no sólo naturales, sino también turísticos, productivos, educativos y también su aptitud para la investigación científica”.
Por otra parte, Vanesa Oddi agregó: “Al hablar de áreas protegidas, una de las principales referencias la constituyen los reservorios. Es entonces que por esta razón estamos convencidos de la importancia de legislar con la presencia y conciencia de nuestras condiciones de partida, conocer nuestro territorio no sólo como un diagnostico de la problemática, sino desde los rostros que ven y miran el río y lo conocen desde la circunstancia de haber vivido siempre a su lado. Y destacó que “por eso es que celebro la posibilidad de tener este marco jurídico, en consonancia con la decisión que hiciera pública nuestro Intendente hace unos días, nada más ni nada menos que en un taller participativo de conformar una red municipal de áreas naturales protegidas, con un estudio donde se analiza la situación de los reservorios y se propone un plan de m anejo sobre los mismos”.
Luego de la alocución de Oddi, la concejala Noelia Chiementín (FPCyS-CCARI) señaló que “en el mundo existe el peligro de extinción de numerosas especies, a partir de que el hombre actúa sobre ellas, sin pensar que todo forma parte del equilibrio de la naturaleza. Estas áreas, pueden ser instalaciones no sólo para disfrutarlas sino también para investigaciones científicas. Todo lo que sea política de protección de la naturaleza y del medio ambiente marcan  una línea que significa, que en décadas futuras no tengamos que arrepentirnos de no haber hecho hoy lo que debíamos hacer para que esto tenga el resultado esperado”.
Procedimiento
Las Áreas Naturales Protegidas serán establecidas por el Concejo Municipal, por medio de Ordenanza, previa opinión técnica fundada del Departamento Ejecutivo.
En tanto, se aclara que las iniciativas que tengan por objeto el establecimiento de áreas de estas características podrán provenir de peticiones de particulares, las que deberán seguir el trámite ordinario de formación y sanción de normas en el ámbito municipal.
Objetivos
De acuerdo a lo argumentado, la Ordenanza tendrá como objetivos promover la conservación de los atributos ambientales integrando las dimensiones sociales, patrimoniales, históricas, culturales, ecológicas y urbanísticas de la ciudad; generar usos responsables y prudentes de los recursos comprometidos con las generaciones presentes y futuras; y establecer políticas de Estado con planes a mediano y largo plazo acerca de las áreas definidas en la ciudad de Santa Fe, disminuyendo las probabilidades de riesgo para la población. Además, el Sistema tendrá como funciones prevenir situaciones de riesgo que involucren a poblaciones garantizando el respeto hacia la identidad e historia de los barrios que queden involucrados en la presente Ordenanza; incorporar en las políticas estatales de protección propuestas las preexistencias sociales que impliquen procesos identitario s sobre los territorios; definir herramientas de planificación participativa ciudadana para la gestión del territorio que garanticen la sostenibilidad de las propuestas y definan prioridades en la toma de decisiones; propender a la aplicación de mecanismos financieros; e impulsar la formación y capacitación técnica en la temática.
También, se manifiesta que la Autoridad de Aplicación procederá a elaborar el “Plan de Manejo”, de cada Área que se declare protegida, que deberá definir como mínimo: sus  objetivos, las políticas de gestión de la misma, la integración de mesas interactorales con organizaciones sociales, técnicos, funcionarios, ONG’s, universidades, habitantes involucrados, el marco legal, su clase, su ubicación y límites,  actividades permitidas y no permitidas de la administración oficial y de  usuarios particulares.
Convenios de gestión y manejo
En otro aspecto, y en el caso que se establezca un Área Natural Municipal Protegida que involucre o contenga inmuebles o predios de propiedad de particulares, deberá celebrarse un convenio con los respectivos titulares, donde conste que aceptan el sometimiento de sus inmuebles al régimen establecido en la presente y al plan de gestión y manejo especial que concretamente para cada área determine el Departamento Ejecutivo.
Además, se permite la celebración de convenios de cooperación con personas físicas o jurídicas interesadas en la materia, que prevean la participación y colaboración conjunta.

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