viernes, 30 de marzo de 2012

ROSARIO: La Municipalidad cargó contra el juez que falló en contra del Super TC 2000

El presidente del autódromo y subsecretario de Gobierno del municipio, Miguel Pedrana, aseguró que el mismo juez que reconoció hace quince días que las viviendas de los alrededores no se verían afectadas, ahora resolvió que la cercanía de casas constituyen una infracción. \"El juez valora una medición que no se refiere a niveles de ruido, sino que corresponde a medición de distancia en metros de una sola casa\", dijo Pedrana, quien adelantó que apelarán la medida, al tiempo que aseguró que se siguen vendiendo normalmente las entradas.

El presidente del Autódromo Rosario y subsecretario de Gobierno municipal, Miguel Pedrana, aseguró que un nuevo fallo judicial va en sentido contrario de lo que el mismo juez resolvió hace quince días, lo cual pondría en riesgo la realización de las competencias de Super TC 2000, TC 2000, Formula Renault 2.0 y Fiat Punto Abarth, previstas para los próximos 20, 21 y 22 de abril. Adelantó que apelarán la medida y dijo que las entradas se siguen vendiendo con absoluta normalidad.
Las autoridades del municipio y del Autódromo de Rosario recibieron ayer una resolución judicial del Juez de la Segunda Nominación del Decreto Civil y Comercial, en la que se indica que las competencias en ese predio incurrirían en una infracción, aunque no se basa en los niveles de ruido sino en la distancia de las casas más cercanas.
Desde el municipio recordaron que "el 15 de marzo pasado este mismo juez emitió un fallo donde se expresaba que las viviendas ubicadas a más de 150 metros de la pista no se verían afectadas por los ruidos por encima del máximo permitido. Dicho fallo se basó en el informe generado por el ingeniero Federico Miyara (reconocido especialista en la materia) sobre la simulación de expansión de ondas sonoras al entorno del autódromo y comentarios que éste hiciera sobre el mismo en base a oficios subsiguientes".
Sin embargo, Pedrana resaltó que "el juez valora una medición que no se refiere a niveles de ruido, sino que corresponde a medición de distancia en metros de una sola casa respecto del predio del autódromo. La inconsistente medición habría arrojado, inclusive, una distancia entre la casa del vecino y al autódromo superior al rango de validez de la normativa”.
Pedrana agregó que, sin embargo, el magistrado le otorga a esa medición valores definitivos y se refiere a "una afectación sonora que nunca se produjo, ya que sólo se limitó a medir la distancia con un elemento absolutamente inapropiado –una cinta métrica de 50 metros-, sin la intervención del perito agrimensor nombrado en autos, en condiciones técnicas inapropiadas y sin intervención del municipio quien en ningún momento consintió la toma de medida con elementos tan precarios e inexactos”.
“El propio juez se contradice con su fallo del 15 de marzo del corriente donde expresó que el informe del ingeniero Miyara sobre la simulación de expansión de ondas sonoras al entorno del autódromo explicaba que las mediciones en tales predios debían hacerse desde el interior de una vivienda con las ventanas abiertas, todo ello conforme con el decreto sobre ruidos molestos, lo que provocaría una reducción de 10 decibeles promedio del nivel de ruido y que, por las viviendas ubicadas a más de 150 m de la pista, no se verían afectadas por ruidos por encima del máximo permitido. En cambio, el tribunal ahora afirma que dicho decreto no impone que la medición deba hacerse de ese modo, ya que ello no surgiría del texto legal en modo imperativo” amplió Pedrana.
Según Pedrana, el fallo judicial "emite una valoración licenciosa yendo mucho más allá, cuando afirma que el supuesto ruido excesivo no puede extenderse ni siquiera a los predios baldíos y por lo tanto deshabitados, lo que constituye una barbaridad, ya que si no existe el receptor, mal puede afirmarse que exista ruido, y mucho menos, molesto”.
“Es para destacar que en los rangos de distancias establecidos, no se encuentran viviendas de ningún tipo. En este punto, parece notorio el protagonismo que cobran otros intereses, como puede ser el del negocio inmobiliario privado por sobre los beneficios productivos que contraerán las actividades que genere el predio para con la ciudad. Con esta resolución, el juez, pareciera estar teniendo en cuenta el interés de personas que aún no viven ni vivirán en los terrenos que menciona. ¿A quiénes beneficia este repentino cambio de opinión que expresa dicha resolución?”, deslizó, para finalizar señalando que “en el actual fallo no se está teniendo en cuenta el crecimiento a nivel productivo, económico y cultural que repercutirá en todos los rosarinos”.
Desde el gobierno provincial y el Ejecutivo rosarino recordaron que ya se invirtieron más de 17 millones de pesos en el Autódromo.

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