Mediante la primera Resolución
de esta gestión, la Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes, Dra.
Analía Colombo, y la Defensora del Pueblo Adjunta de la provincia de
Santa Fe para Zona Sur, Liliana Meotto, recomendaron a la Sra. Ministra
de Educación de la Provincia, Letizia Mengarelli, “que arbitre todos los
mecanismos a su disposición para que, por vía jerárquica, se instruya
al personal docente a cargo de los establecimientos escolares, a que
proceda a la inscripción, sin impedimentos, de cualquier niño, niña o
adolescente que, reuniendo los requisitos necesarios, pretenda iniciar,
continuar y/o finalizar su escolaridad, aún y en particular, a aquellos
que no cuenten con documentación acreditativa de su identidad”.
Además, se sugirió “que se inicien los trámites
administrativos a fin de obtener el Documento Nacional de Identidad de
los niños, niñas y adolescentes que carezcan de los mismos, coordinando
su labor con las oficinas del Registro Civil creadas a tal fin”.
La medida tomada desde la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes
se motivó en una presentación realizada en el Centro de Asistencia a la
Víctima (CAV) por una persona que no puede matricular a sus hijos
menores de edad en la escuela a la que pretenden concurrir, por carecer
de la documentación que acredita sus identidades.
Dicha normativa es la primera Resolución firmada por la Dra.
Colombo, quien dirige en la provincia de Santa Fe este nuevo espacio
destinado a la atención de niños, niñas y adolescentes en la Defensoría
del Pueblo provincial. La apertura de este organismo adjunto a la
Defensoría convierte a la provincia en pionera en el país en generar
este ámbito específico a la hora de dar respuesta a niños en situaciones
de riesgo.
Dentro de los considerandos de la norma se señala “que el derecho a
la educación es un derecho fundamental cuyo goce le debe ser
garantizado ampliamente a los niños, niñas y adolescentes. De ello
depende su inserción plena, y en un plano de igualdad, en un mundo
moderno que se muestra cada vez más competitivo, excluyente y limitado
en sus ofertas”. Además, cabe destacar, que no pueden permitirse trabas a
una madre en la inscripción de sus cuatro hijos en la escuela por
carecer los mismos de documentación que acredite sus identidades y “que,
en todo caso, es la propia institución escolar la que deberá arbitrar
los medios para que los niños obtengan su identidad oficial, tan
necesaria en la vida en comunidad. Convertir el derecho a la identidad
en una traba para el ejercicio de otro derecho humano fundamental, como
lo es el derecho a la educación, es casi perverso”.
La materia propuesta en la queja se encuentra dentro de la esfera
de competencia de la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes de la
provincia de Santa Fe, y resulta una recomendación ejemplificadora ya
que se encuentran en juego derechos fundamentales de ese grupo social
especialmente vulnerable, por el que la figura del Defensor Provincial
de Niñez tiene la facultad de velar por la protección y promoción de los
derechos consagrados en la Constitución Nacional, la Convención sobre
los Derechos del Niño, las leyes nacionales y provinciales y el resto
del ordenamiento jurídico.
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