NAC. Condenan a una clínica y una obra social por contagiar a un paciente de HIV
Una clínica privada y una obra social fueron condenadas a pagar una suma
cercana a 500.000 pesos a los familiares de un paciente con leucemia
que se internó por esa enfermedad pero que, tras el alta médica, murió
por haberse contagiado el virus del SIDA en el centro asistencial.
Fuentes judiciales confirmaron que la sentencia contra la Clínica La
Esperanza (perteneciente a Celso SRL) y el Sindicato de Trabajadores
Mecánicos (SMATA), que se valía de esos servicios médicos, la dictó la
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, ratificando un fallo de
primera instancia.
La Cámara aceptó el reclamo realizado por la viuda y los hijos de la víctima, cuyos datos las fuentes mantuvieron en reserva.
En 1997 el trabajador se presentó en el hospital de la localidad
bonaerense de Vicente López por “un cuadro febril” y “anemia” que, según
constancias médicas, se debía a una “leucemia mieloide aguda”, por lo
cual fue derivado a la clínica.
Luego, durante el tratamiento
con quimioterapia, se pudo comprobar que era portador de HIV, lo que le
fue confirmado el 4 de agosto de 1998, cinco días antes de su
fallecimiento por esta enfermedad.
La Sala M de la Cámara
concluyó que “la sangre infectada con el virus de SIDA fue suministrada
en alguna de las transfusiones recibidas en la Clínica La Esperanza”.
El tribunal recordó que, entre los elementos de prueba reunidos figura
una lista de 186 dadores de sangre, alguno de ellos sin identificar y
sin que constara que el donante se haya efectuado análisis de Chagas,
HIV o antígeno P 24 o Hbcore.
No hay comentarios:
Publicar un comentario