Por ley nacional, hoy se celebra el día del empleado de comercio. Según la norma, todo el personal está exento de cumplir su labor cotidiana. Habrá controles y sanciones para el que no cumpla.
La Dirección Regional Santa Fe, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Santa Fe, aclaró que hoy no será laborable para los empleados del comercio. La Resolución Nº 653 que salió el viernes de ese organismo precisa que “el día 26 de septiembre de 2011 el personal alcanzado por el Convenio Colectivo Nº 130/75, en cualquiera de sus ramas no debe prestar servicios con motivo de conmemorarse el Día del Empleado de Comercio, en acuerdo a lo estatuido en la Ley Nacional Nº 26.541”. Esta decisión se tomó tras la audiencia promovida por el Sindicato de Empleados de Comercio en la sede del Ministerio de Trabajo de la Provincia donde se debatió sobre la aplicación de dicha norma nacional y el artículo 76 del CCT 130/75, normativas relacionadas al tema de referencia. Ante diversas dudas sobre la aplicación de la normativa, la Dirección Regional Santa Fe convocó a una mesa de diálogo con todos los sectores involucrados para generar –especialmente en los empleadores–, “conciencia y responsabilidad social empresaria de modo que la concesión del beneficio se concrete por aplicación voluntaria y no de forma coercitiva”. “La interpretación es que el día del empleado de comercio no se presten servicios, ya que la Ley Nacional 26.541 ordena el descanso para los empleados de comercio el 26 de septiembre de cada año por conmemorarse su día, y precisa que los mismos no prestarán labores”, explicaron desde esa área de la cartera laboral. “Resulta indubitable que el espíritu de la norma ha sido que en esa fecha los actores sociales que invistan el carácter de empleados mercantiles no deben concurrir a trabajar. Es nuestro deber comunicar a todos los sectores que el próximo 26 de septiembre (por hoy) los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo Nº 130/75, en cualquiera de sus ramas, deberán abstenerse de prestar tareas”, agregaron. Ante la negativa de la entidad y las empresas presentes de firmar un acta acuerdo, el Ministerio resolvió emitir un dictamen exhortando a todos los comerciantes y empresarios a respetar el día del empleado de comercio como “feriado nacional”, asimilación que hace aplicable de pleno derecho el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo que dispone en su segundo párrafo que “en caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual”. Controles y sanciones Para partir de ese encuentro y en la determinación adoptada, adelantaron desde el Ministerio de Trabajo “vigilar el efectivo cumplimiento de la ley por lo que se efectuarán controles a través de su cuerpo de inspectores”. En el dictamen ministerial, se insiste en que hoy se realizarán controles a las posibles infracciones que se cometan, que el mismo no fue suscripto ni conformado por ninguno de los presentes y que se harán las notificaciones oportunamente. Desde el Sindicato dijeron que “la multa para los comerciantes que abran el negocio iría desde 250 pesos a los 1.000 pesos por trabajador”. Es necesario destacar que la actividad comercial desarrollada por sus titulares no está incluida en la medida, por lo tanto podrán abrir sus puertas con normalidad. Los asistentes Desde el sindicato, expresaron que “por expreso pedido de nuestros representantes y demás empresarios presentes” en la audiencia, se dejó constancia que se trata sólo de una interpretación del Ministerio de Trabajo Provincial acerca de los alcances de la Ley 26.541; que tiene alcance para hoy, y no para los años siguientes. En el encuentro estuvieron representantes de las principales ramas del sector comercial. Por los trabajadores, el Cuec Seccional Santa Fe, Cuec de Gálvez, Cuec Seccional San Carlos Centro y Cuec Seccional Esperanza; en representación de los empleadores, el Centro Comercial de Santa Fe; la Cámara de Supermercados de Santa Fe, y representantes de establecimientos comerciales de diversos rubros como supermercadistas mayoristas y minoristas, cadenas internacionales y locales, casas de venta de artículos electrodomésticos y del hogar, de materiales de construcción, de golosinas, pinturerías, zapaterías e indumentarias en general, shoppings y centros comerciales, entidades financieras, entre otros. Distintas opiniones Jorge Baremberg, integrante del Centro Comercial de Santa Fe, se refirió sobre la posibilidad o no de abrir los comercios hoy y al respecto dijo: “Quedará a criterio de cada empleador o comerciante la apertura o no de los negocios. Desde el 2009 existe una ley que declara que el 26 de septiembre es el día del empleado de comercio y esto se ajusta a un feriado nacional. Si el empleador quiere abrir y el empleado quiere trabajar, este último deberá cobrar el doble por concurrir a su trabajo”. Además, se refirió a la resolución del Ministerio de Trabajo y aseguró: “Hubo una reunión con las grandes cadenas comerciales y decidieron que el lunes van a cerrar. Nosotros esperamos el exhorto del ministerio y se lo hicimos saber a todos nuestros socios, pero la decisión es de ellos”. Por su parte, Edgardo Coria, subsecretario gremial de los empleados de Comercio, comentó que “la multa para los comerciantes que abran el negocio iría desde 250 pesos a 1.000 pesos por trabajador”. Además, señaló que “si el dueño del comercio quiere abrir y trabajar él, puede hacerlo”. “Ahora, queremos dejar en claro que los empleados no están obligados a asistir. El Ministerio de Trabajo y el sindicato recorrerá la ciudad para verificar el cumplimiento de la norma”, consideró.
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