sábado, 10 de septiembre de 2011

SANTA FE/JUZGADOS COMUNITARIOS...El titular de la Corte habló de los jueces que no son abogados

El Dr. Rafael Gutiérrez advirtió sobre la sobrecarga de trabajo en los juzgados comunitarios si se aplica el nuevo procedimiento de las Pequeñas Causas. "De los 256 Juzgados Comunitarios que hay en la provincia, 98 se encuentran vacantes y, en 112, se encuentra al frente un juez que no cuenta con título de abogado", indicó el letrado.

 
Durante el acto de inauguración de un nuevo edificio judicial en Avellaneda, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Rafael Gutiérrez, se refirió a la situación que se genera a raíz de la reforma introducida por la ley 13.178 al Sistema de Justicia comunal, ahora denominada Justicia Comunitaria de las Pequeñas Causas.

"Creo que debemos remontarnos y tener presente los objetivos primigenios que ha tenido el sistema de Justicia Comunal instituido en la ley 10.160, cuyo antecedente fueron los llamados Juzgados de Paz, con una organización amplia, generosa y parejamente distribuida en todo el territorio provincial"; que por sus características y resultados ha sido objeto de permanente elogio por parte de los demás poderes judiciales de la Nación, reseñó Gutiérrez.

Este sistema de justicia comunal se verá afectado en tanto que, aplicado el nuevo procedimiento de las Pequeñas Causas en las actuales circunstancias, "puede suponer un detrimento tanto en materia de inmediatez como de eficacia en la prestación del servicio judiciario".

Agregó que es así, teniendo en cuenta que "de los 256 Juzgados Comunitarios de la provincia, 98 de ellos se encuentran vacantes, y en 112 de ellos se encuentra al frente un juez que no cuenta con título de abogado".

Por lo cual 46 jueces comunitarios que son abogados, deberán hacerse cargo de la tramitación de Pequeñas Causas de 210 Juzgados Comunitarios, amén de las que tramiten ante sus despachos, explicó.
En consecuencia, advirtió, se registrará una importante sobrecarga de trabajo en cabeza de muy pocos jueces comunitarios, la que no sólo será cuantitativa, sino también cualitativa, ya que ahora a la competencia de los ex juzgados comunales "se le agregan nuevos tipos de causas expresamente
incluidas en la competencia de los Juzgados Comunitarios, sin dejar de mencionar las funciones de Registro Civil que ya venían desempeñando".

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