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viernes, 24 de octubre de 2014

SANTA FE: Concejo: debate por las armas

Con el voto del oficialismo se avaló la prohibición dictada por el municipio. Pero a su vez se exigió que el Ejecutivo, en un plazo de diez días, elabore un proyecto de ordenanza que regule a las armerías
Autor:Manuel Testi / Uno Santa Fe - Concejo Municipal - Imagen ilustrativa
En la sesión de este jueves, los concejales solicitaron al Ejecutivo Municipal que, en un plazo de 10 días hábiles, proceda a la elaboración de un Proyecto de Ordenanza para regular la habilitación de locales donde se desarrollen actividades de venta o comercialización de armas, municiones y otros materiales controlados. El cuerpo, con los votos del oficialismo y la ausencia de los dos ediles de 100% Santafesino, avaló la Resolución Nº 526 del pasado 15 de octubre dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre suspender la habilitación para comercializar armas y municiones en la ciudad.

El concejo, en su propuesta, también incorpora que los titulares de habilitaciones municipales de locales alcanzados por los efectos de la suspensión prevista en el artículo 2º de la Resolución Nº 526/14, podrán solicitar la reanudación de la habilitación suspendida, en tanto acrediten en forma fehaciente el cumplimiento de exigencias planteadas en la misma norma.

Entre los puntos solicitados están los de establecer requisitos para obtener la habilitación municipal, corroborar el cumplimiento de las exigencias previstas en las leyes nacionales y toda otra normativa reglamentaria o complementaria.

El cuerpo a su vez aprobó que el Ejecutivo Municipal pueda celebrar convenios con municipalidades y comunas del área metropolitana circundante a la ciudad de Santa Fe “con el objeto de coordinar acciones destinadas a diseñar e implementar criterios uniformes en materia de control y fiscalización de habilitación de locales donde se desarrollen actividades de venta y comercialización de armas, municiones y otros materiales controlados”.

En tanto, se modificó el artículo 3º de la Ordenanza Nº 11.257, de 2005, que creo el registro municipal de venta de municiones. Quedó redactado de la siguiente manera: “El Departamento Ejecutivo Municipal deberá disponer las acciones pertinentes tendientes a disponer de información cierta y detallada respecto de la totalidad de armas, municiones y materiales controlados que posean las personas habilitadas para la comercialización de las mismas en los locales correspondientes. Para el adecuado cumplimiento de lo previsto en la presente, podrá gestionar el desarrollo de acciones de colaboración y cooperación con los organismos competentes en la materia”.

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