lunes, 17 de septiembre de 2012

STA FE: La Assal prohibió la comercialización de la pulpa de frutilla “Emalubi”


También se decomisó el producto en todas las presentaciones en que se encuentran, continuándose con el procedimiento correspondiente “a fin de establecer, en su caso, la multa pertinente”.


La Assal prohibió la comercialización de la pulpa de frutilla “Emalubi”
La Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal) dispuso decomisar y prohibir la comercialización de la pulpa de frutilla, marca “Emalubi”, de la firma elaboradora Osvaldo Pagani, con domicilio en la zona rural de Coronda.
El director del organismo provincial dependiente del Ministerio de Salud, Raúl Samitier, explicó que el producto “no cumple con la legislación alimentaria vigente en cuanto a la rotulación” y que el Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) “expresado en el rótulo es inexistente”.
Asimismo, el producto “no se encuentra inscripto en el RNPA”, precisando al respecto que el establecimiento “inició un trámite de inscripción del producto y el mismo se encuentra sin movimiento desde fecha 27/06/12 y en estado guardado”.
En ese marco, Samitier, sostuvo que todo ello “no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos”, así como que en el “rótulo no se expresa la información nutricional correspondiente”.
Frente a lo expuesto, el funcionario fundamentó la decisión del organismo provincial asegurando que “se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos”.
De igual modo, puntualizó que “se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población” ya que lo consignado “configura una infracción a lo establecido en el artículo 3º del Código Alimentario Argentino, ley N° 18.284”.
Desde la Assal también indicaron que “se continúa con el procedimiento, correspondiente a fin de establecer, en su caso, la multa pertinente”.

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