El caso tiene que ver con un
matrimonio que tuvo en \"guarda\" a una nena durante más de diez años.
Luego, los cónyuges se separaron y la mujer obtuvo finalmente la
adopción de la chica. Un juez de Familia de Rosario sostiene que el
hombre debe contribuir a la mantención de la joven con el 15 por ciento
de sus ingresos.
La Capital
Un hombre que se separó de la esposa deberá pagar alimentos para una
hija que fue adoptada por la mujer. Es la primera resolución judicial en
la que se tiene en cuenta la figura de "padre solidario".
El juez de familia de Rosario Ricardo Dutto le impuso puso la prestación alimentaria en calidad de padre solidario o progenitor a fin, que está incluida en el ante proyecto de unificación del Código Civil y Comercial y de Familia que se tramita en el Congreso Nacional.
El juez dispuso que ese hombre deberá destinar con fines alimentarios para la hija de la ex mujer el 15 por ciento de sus haberes netos. La joven tiene 18 años y estuvo en guarda de esa pareja durante más de diez años.
La muchacha fue derivada a esa hogar desde muy pequeña cuando fue hallada en la calle junto a su madre biológica en total estado de abandono. La mujer pidió la adopción de la chica y al cumplir los 18 años la joven coincidió con esa solicitud y reclamó llevar el apellido de su padre biológico y a continuación el de su madre adoptiva.
El hombre que ahora debe responder por el fallo judicial no es padre adoptivo ni padrastro. Aún así el juez lo encuadró como "padre solidario" y deberá pagar alimentos hasta que la joven cumpla 22 años. Es la primera resolución judicial en la que se tiene en cuenta la figura del padre solidario.
El juez de familia de Rosario Ricardo Dutto le impuso puso la prestación alimentaria en calidad de padre solidario o progenitor a fin, que está incluida en el ante proyecto de unificación del Código Civil y Comercial y de Familia que se tramita en el Congreso Nacional.
El juez dispuso que ese hombre deberá destinar con fines alimentarios para la hija de la ex mujer el 15 por ciento de sus haberes netos. La joven tiene 18 años y estuvo en guarda de esa pareja durante más de diez años.
La muchacha fue derivada a esa hogar desde muy pequeña cuando fue hallada en la calle junto a su madre biológica en total estado de abandono. La mujer pidió la adopción de la chica y al cumplir los 18 años la joven coincidió con esa solicitud y reclamó llevar el apellido de su padre biológico y a continuación el de su madre adoptiva.
El hombre que ahora debe responder por el fallo judicial no es padre adoptivo ni padrastro. Aún así el juez lo encuadró como "padre solidario" y deberá pagar alimentos hasta que la joven cumpla 22 años. Es la primera resolución judicial en la que se tiene en cuenta la figura del padre solidario.

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