anuncio

anuncio

anuncio

anuncio

lunes, 11 de mayo de 2015

"Cuando hay un negocio jurídico, no hay justicia"

El Defensor General de la provincial, Gabriel Ganón dialogó con Sin Mordaza TV sobre el acuerdo judicial con la banda de Los Monos y las reformas que se plantean para el código procesal penal

“Creo que esto lo deberían explicar los que llevaron adelante este acuerdo, que el juez, el viajero que suponemos que habrá ido a ver la última pelea de box también y habría que preguntarle cómo hace para disponer de ese dinero para viajar al exterior. Él dijo que era un negocio jurídico, y cuando hay un negocio jurídico, no hay justicia y creo que eso deben explicarlo quienes suscribieron el acuerdo. Nosotros en esto que vamos a discutir ahora también hemos notado que algunas de las reformas legislativas que se proponen desde el oficialismo provincial es pretender poner en sintonía con toda esta actuación irregular escandalosa que significó la causa de los monos.  Por ejemplo ordenar allanamiento sin ninguna protección de garantías. Totalmente en contra de lo que impone la constitución nacional y habilitando este despropósito que fue la causa de los monos que se concretó en este acuerdo escandaloso. La otra cuestión que también aparece es una figura que también va en contra de la legislación nacional y en la cual el legislador provincial se entromete indebidamente y que fue parte de la investigación de los monos es la figura del arrepentido en cualquier causa que significaría que una persona acusada por un delito muy grave, el fiscal decidiese, como pasó en el caso de los monos, dejar de lado esa acusación para perseguir otros delitos menores. Esto es básicamente lo que dice la ley y lo que a nosotros nos parece un absurdo absoluto, así que también estamos en contra de esa modificación”.  Aseguró Ganón.
Específicamente sobre el acuerdo judicial con la banda de Los monos, Ganón afirmó: “Creo que esto es absolutamente injusto. Tan injusto es, que nosotros en la recorrida que hicimos la semana pasada por la cárcel de mujeres de la ciudad de Rosario, nos encontramos con una mujer que estaba conviviendo con su hija en el penal, a pesar de lo que dice la ley de ejecución nacional que las mujeres con hijos embarazadas tienen que estar en arresto domiciliario. Estaba imputada por un delito de homicidio, no integraba una banda peligrosa como la de los monos. Y en un juicio abreviado a esta señora le habían dado diez años de prisión, mucha más pena de la que recibió el líder de esta banda tan peligrosa de la ciudad de Rosario. Lo cual demuestra lo absurdo que fue todo este acuerdo”.
En cuanto a las propuestas que tienen en la legislatura para analizarlas en diputados, Ganón dijo: “Las propuestas son varias, alrededor de siete proyectos de ley, con diferentes características cada uno de ellos. Y las observaciones que nosotros tenemos son importantes porque muchos de ellos tienen deficiencias notorias. Ataques concretos a los tratados internacionales y a la constitución nacional. Nos parece que no es prudente realizar todo este tipo de modificaciones que se pretenden realizar, máxime cuando hace pocas semanas atrás la corte suprema de justicia de la provincia de Santa Fe ha sacado un fallo en relación a alguno de los artículos que se pretenden modificar que ha fijado unos estándares con los cuales nosotros estamos bastante de acuerdo, que da un nivel de protección de derechos y de claridad sobre cómo debe desarrollarse el proceso, que nos parece que tienen que mantenerse y ninguno de estos proyectos tiene que ser aprobado y seguir avanzando. Nos parece que adolecen de defectos constitucionales graves la mayoría de ellos”.

Además, con respecto a las audiencias, Ganón explicó: “Esta sentencia reciente que tuvo la corte suprema de justicia de la provincia de santa Fe a un recurso de inconstitucionalidad que nosotros presentamos hace cuatro o cinco meses en la localidad de Venado Tuerto, la corte suprema ha sido bastante clara en la fijación de estándares y uno de los estándares que establece, es que las detenciones o las privaciones de libertad sólo pueden producirse cuando son ordenadas por un juez, a pedido de un fiscal pero ordenadas por un juez, así lo estableció la última reforma del código procesal penal de la nación. Nosotros hicimos ese planteo, lo venimos haciendo desde primera instancia, que los fiscales no deberían tener la autoridad de poder detener, si no que esto es una cuestión que es judicial, porque sería convertir a los actores fiscales en los viejos jueces de instrucción y nos parece que eso es un despropósito absoluto. Por ese motivo interpusimos estos recursos y la corte, una de las cuestiones por las cuales hablita a los fiscales a ordenar detenciones es que es un plazo de 24 hs tiene que comparecer ante un juez. Así que creo que la corte está marcando el camino de que esta reforma de extensión de los plazos no debe prosperar”.

Fuente: SM

No hay comentarios:

Publicar un comentario