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jueves, 21 de marzo de 2013

SCIARA STA FE: Capacitarán al personal del API en la aplicación de la nueva ley Penal Tributaria


El acto será presidido por el Ministro de Economía, Ángel Sciara, este viernes, a las 9, en la sede del gobierno en la ciudad de Rosario. La nueva ley Penal Tributaria introdujo varias modificaciones en el denominado “Régimen Penal Tributario”. El objetivo de la capacitación es brindar detalles de “cuando se típifica el delito de evasión tributaria en la órbita de los impuestos provinciales”, para lo cual es necesario “analizar sintéticamente las principales modificaciones introducidas por la nueva norma penal”.


Capacitarán al personal del API en la aplicación de la nueva ley Penal Tributaria
El ministro de Economía, Ángel Sciara, participará mañana, en Rosario, del acto de apertura de una capacitación sobre la aplicación de la nueva ley Penal Tributaria (Nº 26.735), destinada a los agentes de la Administración Provincial de Impuestos (API).

La actividad tendrá lugar, a las 9, en la sala de audiencias del Ministerio de Justicia (subsuelo), en la sede del gobierno provincial en la ciudad de Rosario, Santa Fe 1950.

Además de Sciara, estarán presentes el secretario de Ingresos Públicos, Sergio Beccari; y el director provincial de la Administración Provincial de Impuestos, José Raffín; junto a otras autoridades.

La nueva ley Penal Tributaria introdujo varias modificaciones en el denominado “Régimen Penal Tributario”. El objetivo de la capacitación es brindar detalles de “cuando se típifica el delito de evasión tributaria en la órbita de los impuestos provinciales”, para lo cual es necesario “analizar sintéticamente las principales modificaciones introducidas por la nueva norma penal”.

LAS MODIFICACIONES

Dentro de las modificaciones más relevantes se destaca la incorporación dentro de la órbita de los delitos tipificados por la norma, de los cometidos contra las haciendas provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En este marco, se han incrementado las magnitudes económicas ponderadas a los efectos de concebir configurado el delito de evasión impositiva, tanto en su modalidad simple como agravada.

En función de ello, dado la importancia que la recaudación propia de las provincias tiene para el equilibrio fiscal de las mismas, la aplicación de la nueva ley penal tributaria a la esfera de tributos provinciales constituye una nueva herramienta para incentivar el mejor cumplimiento del pago de impuestos provinciales y por ende lograr mejoras en los ingresos locales.

A partir de la vigencia de la reforma, la evasión dolosa de los impuestos locales como el impuesto a los Ingresos Brutos o el impuesto de Sellos entre otros, resultan ser pasible de la pena de prisión en igual tratamiento que el dado a los tributos de esfera nacional.

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