La Justicia rechazó la medida
cautelar que pedía que se supenda el aumento de boleto dispuesta por la
intenedencia de Rosario, en el marco de las facultades que le otorgó el
Concejo Municipal. En la decisión judicial se valora el incremento de la
tarifa dispuesto en el marco de un proceso inflacionario.
El Juzgado de1ª Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na
nominación de Rosario, a cargo del Dr. Bergia, dispuso rechazar la
medida cautelar solicitada por la actora en el sentido de suspender el
incremento de la tarifa del transporte urbano.
El tribunal valoró para ello que la impugnación de una decisión del municipio referida a la prestación del servicio público de transporte determina la incompetencia de la justicia ordinaria, ya que debe ser planteado ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Valora también que el incremento de la tarifa dispuesto en el marco de un proceso inflacionario, y por debajo de los índices de inflación, no puede afectar el derecho de propiedad de los consumidores.
Considera también que de dictarse la medida cautelar se pondría en riesgo la financiación del sistema de transporte y los derechos de los pasajeros a gozar del servicio público.
El tribunal valoró para ello que la impugnación de una decisión del municipio referida a la prestación del servicio público de transporte determina la incompetencia de la justicia ordinaria, ya que debe ser planteado ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
Valora también que el incremento de la tarifa dispuesto en el marco de un proceso inflacionario, y por debajo de los índices de inflación, no puede afectar el derecho de propiedad de los consumidores.
Considera también que de dictarse la medida cautelar se pondría en riesgo la financiación del sistema de transporte y los derechos de los pasajeros a gozar del servicio público.
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