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martes, 26 de julio de 2016

En todo el país Una ley prohíbe el uso de fosfina en cargas de granos

Se publicó en el Boletín Oficial y estipula la restricción total en el uso de plaguicidas fumigantes durante el transporte en camiones y vagones de granos, productos y subproductos agrícolas.
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Foto:Archivo El Litoral
El Ministerio de Trabajo realiza controles periódicamente para controlar que no se utilice este producto.
Campolitoral
campo@ellitoral.com

Una ley nacional prohíbe desde hoy el uso de fosfina durante la carga y el traslado de granos, una práctica que en la provincia de Santa Fe había sido vedada años atrás a raíz de la muerte por intoxicación de varios camioneros.

La Ley 27.262 , publicada en el Boletín Oficial, determina la prohibición en todo el territorio argentino del uso de plaguicidas fumigantes durante el transporte en camiones y vagones de granos, productos y subproductos agrícolas. También dispone que se instrumentará un formulario único nacional en el cual los responsables de la carga deberán declarar que “los productos mencionados no fueron tratados con ningún plaguicida fumigante durante su carga en el camión o vagón, ni será sometida a tratamiento alguno con los mismos durante el tránsito hasta su destino”. Dicho formulario deberá exhibirse junto con la carta de porte en controles de ruta.

Aunque la restricción nacional de esta práctica se remonta al año 1983 (así lo establecía una resolución del Servicio de Sanidad Vegetal), era habitual que las cargas se trataran en tránsito con la colocación de una pastilla de fosfuro de aluminio con el objetivo de eliminar la presencia de insectos en los granos y evitar el rechazo en en las terminales de descarga.

Hasta que en 2010 la denuncia de dos muertes de camioneros por intoxicación con fosfina (el gas que desprende la pastilla en contacto con el aire) motivaron una medida judicial que prohibió esta metodología. Tras las muertes de Víctor Hugo Gaite, de 59 años, que fue encontrado sin vida en el interior del vehículo en la playa que la firma Nidera posee en Puerto General San Martín, e Iván Podevils, oriundo de la localidad de Clucellas, de 28 años, que falleció en la playa de camiones San Miguel, ubicada en jurisdicción de la Municipalidad de Puerto General San Martín, la Federación de Transportadores Argentinos (FETRA) obtuvo una medida cautelar del Juzgado Federal N°1 de Rosario por la cual se prohibió la fumigación de las cargas en toda la provincia. Luego, en marzo de 2011, una resolución conjunta de los ministerios de Aguas y Medio Ambiente, Gobierno y Reforma del Estado, Producción, Salud y Trabajo le dio rango normativo a la restricción.

La ley nacional que se publica hoy, pero aún resta reglamentar, determina que “los camiones y vagones utilizados para el transporte de granos y semillas, y sus productos y subproductos, deberán ser desinsectados con posterioridad a cada operación de descarga. La reglamentación establecerá la metodología y los plazos correspondientes”.

También añade que “las personas físicas o jurídicas que almacenen en sus instalaciones o transporten bajo su responsabilidad granos, productos y subproductos, cereales y/u oleaginosas, deberán mantenerlos libres de insectos y/o arácnidos vivos”.

La infracción y la falta de cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 27.262 –además de acciones penales y civiles– generarán una multa equivalente al precio de venta del día de lo transportado y el decomiso de la mercadería. “En el caso de reincidencia, las multas previstas se multiplicarán por el número de infracciones cometidas”, indica la norma.

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