El planteo fue presentado por las querellas durante el juicio en el que se investiga la represión del 20 de diciembre de ese año.
Uno de los puntos en discusión en el juicio por la represión del 20 de diciembre del 2001, al menos para las querellas, es la legalidad del Estado de Sitio dispuesto por el expresidente Fernando De la Rúa horas antes de presentar la renuncia y abandonar el gobierno.
"Nuestra imputación arranca con la ilegalidad del Estado de Sitio, que fue una medida claramente inconstitucional por lo que todas las órdenes y el operativo mismo de represión enmarcado en esa norma es ilegal", aseguró Maximiliano Medina, del CELS.
En tanto, su colega Lucía de la Vega, también del CELS, explicó por qué consideran "fuera de la ley" a la última medida que tomó De la Rúa.
"Decimos que es ilegal porque lo dictó el Presidente aunque el Congreso estaba sesionando. No determinaba las garantías afectadas ni el marco espacial", indicó la abogada integrante del equipo jurídico del CELS que forma parte de la querella en el juicio oral y público.
Según el decreto 1678 del 19 de diciembre del 2001, que lleva la firma del entonces Jefe de Gabinete Chrystian Colombo y el fallecido ministro del Interior, Ramón Mestre y del Presidente de la Nación, la medida se tomó "ante actos de violencia colectiva que provocaron daños y pusieron en peligro personas y bienes con una magnitud que implica un estado de conmoción interior".
La determinante medida indicaba en el primer artículo que la medida de excepción tenía un plazo de 30 días y abarcaba todo el territorio nacional.
Fuente: Télam
"Nuestra imputación arranca con la ilegalidad del Estado de Sitio, que fue una medida claramente inconstitucional por lo que todas las órdenes y el operativo mismo de represión enmarcado en esa norma es ilegal", aseguró Maximiliano Medina, del CELS.
En tanto, su colega Lucía de la Vega, también del CELS, explicó por qué consideran "fuera de la ley" a la última medida que tomó De la Rúa.
"Decimos que es ilegal porque lo dictó el Presidente aunque el Congreso estaba sesionando. No determinaba las garantías afectadas ni el marco espacial", indicó la abogada integrante del equipo jurídico del CELS que forma parte de la querella en el juicio oral y público.
Según el decreto 1678 del 19 de diciembre del 2001, que lleva la firma del entonces Jefe de Gabinete Chrystian Colombo y el fallecido ministro del Interior, Ramón Mestre y del Presidente de la Nación, la medida se tomó "ante actos de violencia colectiva que provocaron daños y pusieron en peligro personas y bienes con una magnitud que implica un estado de conmoción interior".
La determinante medida indicaba en el primer artículo que la medida de excepción tenía un plazo de 30 días y abarcaba todo el territorio nacional.
Fuente: Télam
No hay comentarios:
Publicar un comentario