La Corte nacional anuló la destitución de un par chaqueño por parcialidad del Tribunal. Ahora piden aplicar ese precedente en la causa de Rosario. El juez Alejandro Martín fue denunciado a fines de octubre de 2012 por el Banco Municipal.
La Capital |
Mientras la Suprema Corte provincial decide si hace lugar al planteo de inconstitucionalidad del jury de enjuiciamiento contra un juez rosarino, la Corte nacional emitió un fallo que anticipa una polémica: aceptó la misma queja de un magistrado chaqueño que atravesó similar situación y anuló su destitución porque se violó "la garantía constitucional de contar con un tribunal imparcial".
Alejandro Martín, a cargo hasta noviembre pasado del Juzgado Civil y Comercial Nº 17 de Rosario, su secretario, tres abogados y un martillero, quedaron seriamente comprometidos en una escandalosa maniobra por el desvío de fondos judiciales inmovilizados.
El caso causó conmoción y apenas el Juzgado de Instrucción Nº 12 comenzó la investigación penal, la Corte provincial apartó preventivamente de sus cargos a Martín y al secretario y les abrió un sumario administrativo. Los detalles de esa investigación fueron elevados al procurador santafesino, Jorge Barraguirre, quien a mediados de diciembre emitió un dictamen y pidió que se habilite el jury de enjuiciamiento.
De acuerdo al procedimiento, se conforma un tribunal especial, integrado por los seis ministros de la Corte de Santa Fe, dos legisladores provinciales (un diputado y un senador) y representantes de los colegios de abogados.
En caso de que ese tribunal encuentre elementos para probar la inconducta del juez, sería destituido, perdería sus fueros y, en esa condición de ciudadano común, afrontaría la causa penal.
Pero la defensa de Martín organizó una estrategia que cuestiona los puntos del procedimiento, que omitiría garantías constitucionales básicas.
Pocos días atrás, los abogados Carlos Edwards, Carlos Varela y Adrián Martínez recusaron a los seis ministros de la Corte santafesina (María Angélica Gastaldi, Roberto Falistocco, Eduardo Spuler, Rafael Gutiérrez, Mario Netri y Daniel Erbetta) porque también integran el tribunal de enjuiciamiento conformado para el jury. E incurrirían en la causal de prejuzgamiento al haber dispuesto también el sumario administrativo y la suspensión preventiva del funcionario.
No obstante, la misma Corte rechazó el planteo. Pero la defensa de Martín redobló la apuesta y la semana pasada directamente presentó un pedido que apunta a la inconstitucionalidad.
Los profesionales entendieron que se "viola la garantía constitucional de contar con un tribunal imparcial por el triple rol que ejerce la Corte provincial: primero le abre el sumario administrativo, después lo puede destituir como tribunal de enjuiciamiento y luego también revisaría las decisiones adoptadas por ese cuerpo, que paradójicamente esta conformado por los ministros del máximo tribunal de Justicia".
Al tiempo que la Corte estudia si hace lugar a la queja, hace pocos días el máximo organismo nacional se expidió en una situación casi análoga a la local.
El 26 de febrero, la Corte nacional dictó un fallo por el cual anuló la destitución de un juez por la "violación a la garantía constitucional a contar con un tribunal imparcial".
En esa circunstancia, el jurado de enjuiciamiento de Chaco destituyó en 2003 al juez de instrucción de Roque Sáenz Peña, Daniel Freytes, por irregularidades en la tramitación y concesión de amparos a ahorristas que pretendían retirar fondos de los depósitos bancarios durante el corralito financiero.
Pero el magistrado interpuso un recurso extraordinario federal y la Corte nacional (votos de Eugenio Zaffaroni, Carmen Argibay, Carlos Fayt y Enrique Petracchi) consideró que el procedimiento fue violatorio de la garantía del juez de contar con un tribunal imparcial, aplicando la doctrina que surgía del caso Fraticelli (ver aparte).
Con voto mayoritario, la Corte nacional estimó que "la intervención del miembro del jurado recusado se relaciona con la intervención que le cupo como juez del superior tribunal durante la actuación sumarial, en la que se valoraron y calificaron los mismos hechos por los cuales se encomendó al fiscal que formule la acusación".
"Este funcionario llevó a cabo dicho cometido y, finalmente, después fueron tenidos en cuenta para dictar la sentencia de destitución del magistrado", concluyó la resolución.
La decisión del alto tribunal nacional sentó un precedente que promete impactar con fuerza en el caso de Martín, como también en las discusiones sobre la pertinencia y conformación del jury de enjuiciamiento que impulsa la Corte santafesina.
Las 36 carillas
En www.csjn.gov.ar/docus/documentos/novedades se puede acceder al texto completo del fallo de la Corte Suprema nacional que frenó la suspensión del juez chaqueño Daniel Enrique Freytes.
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