En primer lugar, Palo Oliver
anunció el envío al Concejo Municipal de un proyecto de ordenanza
disponiendo una bonificación extraordinaria del 10% en la Tasa General
de Inmuebles, correspondiente al mes de mayo, a los efectos de compensar
a los contribuyentes los días transcurridos sin servicios públicos
municipales.
El intendente de la ciudad, Fabián Palo Oliver, dio a
conocer esta mañana en conferencia de prensa una serie de importantes
medidas en relación con el conflicto vigente entre la dirigencia de
FESTRAM y los municipios y comunas de la provincia.
En primer lugar, el titular del gobierno municipal anunció el envío
al Concejo Municipal de un proyecto de ordenanza disponiendo una
bonificación extraordinaria del 10% en la Tasa General de Inmuebles,
correspondiente al mes de mayo, a los efectos de compensar a los
contribuyentes los días transcurridos sin servicios públicos
municipales.
Por otro lado, el mandatario informó sobre la rúbrica de un decreto
para declarar “servicios básicos esenciales” a una serie de
prestaciones que no podrán estar sujetas a medidas de fuerza al tiempo
de ratificó la decisión de descontar los días no trabajados a aquellos
empleados municipales que no hayan acatado la conciliación obligatoria.
Devolución al vecino del 10% de la tasa
Con relación a la decisión de bonificar en un 10% el costo de la
tasa municipal, expresó: “nuestro municipio trabaja desde febrero del
año 2008 para tutelar los derechos de los consumidores y usuarios, en
ese marco hemos resuelto enviar un mensaje al Concejo Municipal
proponiendo un proyecto de ordenanza para realizar, por única vez, una
quita del 10% a todos los contribuyentes en la Tasa General de
Inmuebles.
Esta quita extraordinaria tiene como objetivo compensar a los
contribuyentes que no tuvieron la posibilidad de recibir por parte del
municipio los servicios habituales a raíz de este paro ilegal de 72
horas que se realizó la semana pasada”, sostuvo el mandatario.
Servicios básicos esenciales
Por otro lado, Palo Oliver anunció la sanción “en el día de hoy
del decreto nº57/2012, disponiendo declarar servicios básicos esenciales
a una serie de prestaciones que no pueden estar sujetos a medidas de
fuerza adoptadas por los trabajadores municipales de la ciudad de Santo
Tomé”.
Los mismos son los siguientes: la provisión de agua potable, el
barrido y recolección de residuos y su disposición final, el control de
volcamiento y funcionamiento de la planta de tratamientos de líquidos
cloacales, la asistencia alimentaria a comedores y/o afines municipales o
asistidos por la Municipalidad, el control de funcionamiento de los
semáforos, la actividad de control y resguardo de las pasabombas, la
desobstrucción y limpieza de desagües cloacales y pluviales, el regular
funcionamiento del alumbrado público, el servicio de sepulturas en el
cementerio municipal, el control del tránsito y actividades que tiendan a
la protección de la vida, la salud y la seguridad de toda o parte de la
comunidad.
“La vigencia de este decreto se iniciará el día después de
finalizada la conciliación obligatoria por una cuestión jurídica, porque
nosotros sí respetamos esta instancia y, obviamente, que no se pueden
modificar en este período las condiciones laborales. Esta disposición
tiene distintos antecedentes en la provincia y en el país. Seguramente
será reprochado por la conducción sindical, pero para ello existen los
mecanismos administrativos y judiciales de recusación”, aclaró.
Por último, el titular del gobierno municipal explicó: “esta
decisión la hemos tomado a partir de las facultades que tiene este
Departamento Ejecutivo. Aquellos que erróneamente quieran asociar esta
medida a prácticas autoritarias, que discutan esos fundamentos en el
ámbito de la justicia una vez que agoten las vías administrativas”.
Derecho a huelga
“En primer lugar queremos hacer público que este gobierno de la
ciudad reconoce el derecho a huelga de todos los trabajadores de la
República Argentina. Este derecho está consagrado por la Constitución
Nacional y, como todos los derechos, está regulado por distintas
normativas”, comenzó su alocución el intendente municipal.
No obstante aclaró que “la FESTRAM ha ejercido su derecho
constitucional a huelga pero el mismo se ha convertido en ilegal a
partir de la sanción de la Resolución Nº 2 del Ministerio de Trabajo y
Previsión Social de la Provincia de Santa Fe. Dicha resolución entró en
vigencia el día 14 de marzo a partir de las 15 horas y nunca fue ni
impugnada ni recurrida por la entidad gremial. Por consiguiente, a
diferencia de lo ocurrido en los otros paros que se realizaron en el
último tiempo, ratificamos nuestra firme decisión de descontar los días a
aquellos trabajadores que no hayan acatado la conciliación
obligatoria.”
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