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viernes, 26 de febrero de 2016

Rosario Ordenaron su libertad pero siguió preso durante trece días

Rosario. Gabriel Luciano Ponce es un changarín de 32 años. Lo liberaron tras un hábeas corpus de la Defensoría Regional. La Fiscalía había desistido de la acción penal.

tras las rejas. Ponce estuvo en la seccional 4ª entre el 10 y el 23 de este mes.
Gabriel Luciano Ponce tiene 32 años y se gana la vida como changarín. El 10 de febrero pasado fue apresado junto a otro muchacho bajo la acusación de haber cometido un robo. Pero al día siguiente el fiscal Patricio Serjal en Rosario, a cargo de la investigación del caso, ordenó que ambos sean liberados ya que no existían evidencias para atribuirles el atraco.

El joven que había sido detenido con Ponce recuperó la libertad, pero él recién fue excarcelado de la comisaría 4ª trece días después a pesar de que el caso fue cerrado. Ante semejante abuso policial, las autoridades de la seccional adujeron que no tenían conocimiento de la medida judicial. Pero, según dijeron desde la Defensoría pública, la disposición de la excarcelación estaba registrada y protocolizada en la Fiscalía. Por eso las autoridades de la defensa pública presentaron un hábeas corpus para que los responsables de la dependencia policial expliquen por qué no se cumplió con la resolución judicial y mantuvieron privado de su libertad al hombre.

El defensor regional Gustavo Franceschetti sostuvo ayer que se deberá “determinar la responsabilidad administrativa y delictiva” de los policías de la comisaría 4ª involucrados en el caso y requirió que la Fiscalía investigue si los uniformados cometieron un delito”. También pidió que “se establezcan controles más estrictos sobre las órdenes judiciales, porque si esto no ocurre el Estado provincial podría enfrentar importantes demandas económicas” presentadas por quienes hayan sufrido este tipo de detenciones ilegales.

Arrebato frustrado

En rigor, Ponce estaba imputado de un intento de arrebato ocurrido el 17 de septiembre del año pasado, pero el fiscal José Luis Caterina había desistido de promover la acción penal a raíz de que el delito que le atribuyeron no era grave. Por lo tanto, el responsable de la acusación y la defensora pública María Laura Blacich habían acordado entonces aplicar el criterio de oportunidad por el que Ponce se comprometía a pagar dos mil pesos a la víctima para reparar el daño causado (ver aparte).

El 29 de febrero próximo debía realizarse la audiencia en la que el juez penal Hernán Postma homologaría el acuerdo alcanzado entre la defensa y la Fiscalía. Para ello Ponce debía presentarse en Tribunales a fin de manifestar su conformidad a lo que se había acordado y la defensora Blacich lo citó para ello. Pero la sorpresa de la abogada fue mayúscula cuando un familiar del changarín que vive en Santa Fe le dijo que su pariente continuaba detenido en la comisaría 4ª de Rosario. Lo mismo le dijo a la letrada la madre de Leonardo P., el otro joven que había sido apresado con Ponce el 10 de febrero.

“En ese marco, el miércoles a las 11 de la mañana nos contactamos con la Físcalía para plantear la situación, pero no nos atendieron. Entonces presentamos un hábeas corpus correctivo en forma electrónica ante el juez Gustavo Pérez de Urrechu. Después hablamos con el fiscal Patricio Serjal (jefe de la Unidad de Flagrancia) y dos horas más tarde Ponce recuperó la libertad”, explicó Franceschetti.

¿Por qué? La fecha de la audiencia en la que se deberá tratar el hábeas corpus presentado por la Defensoría pública todavía no fue fijada por la Oficina de Gestión Judicial. Si bien el changarían ya fue liberado, las autoridades de la comisaría “deberán explicar —según Franceschetti— por qué el muchacho no fue excarcelado a pesar de haber sido ordenado por el fiscal que intervino en el caso”.

La irregularidad fue definida por otra fuente del caso como una “negligencia burocrática”. Con relación a ésto, el defensor regional sostuvo que la fiscalía “debería controlar que las órdenes de libertad se cumplan. Y cuando son emitidas por los jueces debería hacerlo la Oficina de Gestión Judicial”.

Franceschetti recordó otro caso de una detención ilegal que ocurrió en 2014. Félix Gutiérrez fue apresado el 27 de junio de ese año por un delito menor, el haber desobedecido una orden judicial. El fiscal del caso dispuso su excarcelación al día siguiente y sin embargo el hombre permaneció detenido durante 34 días. Recién fue liberado el 31 de julio luego de que el defensor público Francisco Broglia presentara un hábeas corpus.

El Código establece el criterio de oportunidad

El nuevo Código Procesal Penal establece el criterio de oportunidad, que permite al Ministerio Público de la Acusación (Fiscalía) no promover o prescindir total o parcialmente de la acción penal en determinados casos. El órgano encargado de la persecución penal tiene la facultad de no continuar con la acción penal por motivos de “seguridad social o razones de política criminal”, dice el texto.

El criterio de oportunidad está reglado cuando existe conciliación entre las víctimas de un delito y los acusados. Y además,cuando los imputados hayan reparado los daños y perjuicios causados en los hechos delictivos con contenido patrimonial y no hayan ejercido violencia física o intimidación sobre las personas. Tal es el caso de Ponce, que se comprometió a pagar 2 mil pesos para resarcir a la víctima de un intento de arrebato que cometió el 17 de septiembre pasado.

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