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jueves, 29 de noviembre de 2012

STA FE: Instructivo para el llenado del carnet de salud escolar


El Ministerio de Salud provincial, a través de la Dirección por la Salud en la Niñez, Adolescencia, Sexual y Reproductiva, dio a conocer el Instructivo para el llenado del carné de salud escolar.


Instructivo para el llenado del carnet de salud escolar
Se indicó que los carnés serán distribuidos por las escuelas de toda la provincia, para realizar el control de salud de los niños y niñas en edad escolar durante el año 2013.

Fueron realizadas algunas modificaciones con respecto al formato 2012, a partir de las sugerencias realizadas por profesionales de la salud y sociedades científicas, entre otros actores, y de los inconvenientes que fueron detectados a partir de la carga de los mismos en la base de datos de la provincia.

En ese sentido, se destacó que en el caso que las escuelas posean carnés con el formato 2012 y los distribuyan a sus alumnos/as, éstos seguirán siendo válidos para realizar el control de salud para la inscripción del año 2013.

FACILITAR REGISTRO DE ACTIVIDADES DEL CONTROL DE SALUD

El instructivo tiene como finalidad facilitar el registro de las actividades del control de salud.

Con este examen completo de salud se puede sospechar y/o detectar precozmente problemas que pudieran interferir en el aprendizaje del niña/o.

Además es una oportunidad para re captar a ese niña/o si no asistía anualmente a realizar el control de salud, como también a su familia. Por ello la importancia de completar todos los datos con letra clara y legible, ya que la obtención de estos datos son imprescindibles para generar acciones orientadas a proteger y promover la mejor calidad de vida de los niños/niñas y adolescentes.

De acuerdo a lo dispuesto por la Ley 12634/06, esta es la única certificación de salud que será requerida para las etapas que abarca el presente carné (sala de 5 años, 1er grado y 6to grado).

Por su parte, el carné completo y actualizado es suficiente para autorizar la actividad física curricular, no competitiva, no necesitando para tal fin otros estudios complementarios.

El examen clínico será realizados por el médico/a de cabecera del niño (pediatra o médico general) sea del ámbito público o privado. Sólo él/ella determina la necesidad de derivar al escolar a especialistas (oftalmólogo, otorrinolaringólogo, fonoaudiólogo, cardiólogo, psicólogo, etc.) o la realización de exámenes complementarios (grupos sanguíneo, ECG, EEG, etc.).

El examen odontológico será realizado por el odontólogo/a del niño/a, pudiendo ser este del ámbito público o privado.

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