La Municipalidad de Santo Tomé, a
través de la Oficina de Arbolado Público y Áreas Naturales, recuerda
que están vigentes las Ordenanzas Nº 1125/84 y Nº 2309/02 (Código
Municipal de Preservación Forestal), así como la Ley Provincial Nº 9004,
por lo cual se encuentra prohibida la intervención particular sobre el
arbolado público ya sea para la poda, extracción, corte de raíces o
plantación de ejemplares.
La mencionada legislación establece que es obligatoria la previa
inspección y autorización municipal para la realización de estas tareas,
aclarando que los infractores serán pasibles de las multas previstas en
el Código Municipal de Faltas.
También se recuerda que el volumen de restos vegetales a depositar en la vía pública nunca debe exceder el metro cúbico.
Las solicitudes para poda, extracción, reposición o plantación de
árboles deben efectuarse por nota presentada en la Mesa de Entradas del
Palacio Municipal (Iriondo 1649), de lunes a viernes en el horario de
7:00 a 13:00.
No hay comentarios:
Publicar un comentario