anuncio

anuncio

anuncio

anuncio

miércoles, 21 de septiembre de 2011

ROSARIO...Dos bancos deberán pagar 220.000 pesos por abrir cuentas corrientes con un DNI falso

Las entidades bancarias deberán pagarle 220 mil pesos a la persona damnificada. El afectado fue defraudado con cheques librados a su nombre y hasta perdió un trabajo por los informes negativos del Banco Central y el Veraz.

La Justicia condenó a dos bancos porque abrieron cuentas corrientes con la presentación de un Documento Nacional de Identidad falso. Los Bancos Credicoop Cooperativo Limitado y Macro Bansud deberán pagarle a la persona que resultó perjudicada 220 mil pesos entre capital e intereses. Según figura en la demanda el rosarino Cristian Pablo Recchio asegura que nunca abrió una cuenta corriente. Sin embargo, el 9 de febrero del 2000 recibió en su domicilio una comunicación telefónica en la que le indicaron que tenían cheques librados por él por un monto de 22 mil pesos y que habían sido devueltos por el banco Credicoop ante una denuncia de extravío. Al concurrir a la entidad crediticia comprobó que en el legajo de la cuenta corriente se había agregado una fotocopia del Documento de Identidad en la que figuraba incorrectamente su apellido y no coincidían la fotografía, el año de nacimiento, el domicilio ni tampoco la firma. En la solicitud de apertura de la cuenta no coincide tampoco el apellido de su madre con el verdadero. El demandante, que actualmente es el titular de la Gerencia de Empleo del Ministerio de Trabajo de la Nación, afirma que similares irregularidades fueron cometidas por el banco Bansud en la apertura de una cuenta corriente que fue cerrada por mora en el 2.000. En tanto, el danmificado destaca que no pudo concretar su incorporación laboral a una empresa por los informes negativos del Banco Central y la organización Veraz, que lo calificaron en situación de irrecuperable con un total de 20 cheques rechazados. Al hacer lugar a la demanda, la jueza en lo civil y comercial de la octava nominación, la doctora Liliana Giorgetti, sostiene que “los bancos demandados no han realizado la más mínima verificación de los datos proporcionados”. El sitio especializado "Tiempo de Justicia" informa que la decisión judicial agrega que las entidades “no extremaron los recaudos para obtener convicción sobre la identidad del solicitante”. También se indica en la resolución que “la imprudencia de las instituciones demandadas permitieron que la maniobra de los terceros tuviera éxito y se consagraran los daños”.

No hay comentarios:

Publicar un comentario