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viernes, 27 de junio de 2014

STO TOME: ACUERDO POR USO DE ESPACIO PÚBLICO‏. USO DEL ESPACIO PÚBLICO:

USO DEL ESPACIO PÚBLICO: EL MUNICIPIO Y EL CENTRO COMERCIAL UNIFICARON CRITERIOS
Promovido por la profunda preocupación de algunos socios, el Centro Comercial de Santo Tomé convocó a su última reunión de Comisión Directiva al Secretario de Hacienda Municipal para analizar los alcances de las notificaciones recibidas por comerciantes locales por el supuesto incumplimiento de la Ordenanza Nº 630/77 que entre sus párrafos prohíbe la presencia de carteles sobre la vereda, ni móviles ni fijos, entre otros conceptos.

El funcionario municipal aclaró que las actuaciones de los inspectores se hizo con un espíritu de ordenamiento de aquellos lugares que son una vidriera para la ciudad, pero a su vez admitió que los controles se tendrían que haber anticipado a la institución mercantil.
"No fue nuestra intención perseguir a nadie", dijo Masino, y aclaró que "no se van a labrar multas y pedimos a los comerciantes que se acerquen al municipio para revisar cada caso notificado, sí dejamos en claro que ante incumplimientos graves, vamos a actuar como lo indica la normativa vigente".
Por otra parte, el Presidente de nuestra entidad, Marcelo Baretta, aplaudió la llegada de un acuerdo entre las instituciones y remarcó que "entendemos que es necesario un ordenamiento pero creo que se equivocaron en los métodos". El titular del Centro Comercial agregó que "privó el sentido común y llegamos a un acuerdo para acompañar al Municipio en la tarea de ver a las avenidas más lindas ya que eso redundará en mejores ventas para nuestros socios".
Cabe recordar que en nuestras oficinas se recepcionaron muchas quejas de frentistas que recibieron notificaciones que prometían multas en un plazo no mayor a los 15 días.
 La norma en cuestión
La Ordenanza Nº 630/77 fue promulgada por el ex intedente municipal César Rey Leyes y sus secretarios el 17 de octubre de 1977. La misma se planteó en torno al programa de obras públicas previsto por la Municipalidad en torno a la parquización de paseos y espacios públicos. Entre sus fundamentos deja en claro que las avenidas 7 de marzo y Luján cuentan  con el ancho de vereda necesario para realizar la tarea de parquizado de las mismas y, a raíz del comienzo de esos trabajos, se prohíben el uso de veredas para estacionamiento y la presencia de carteles sobre la vereda, ni móviles ni fijos, y solo se aceptarán los existentes en columnas de alumbrado mirando hacia el interior de la vereda.

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