La Daia Filial Santa Fe cree oportuno informar "las fechas del calendario gregoriano (de uso corriente), en que acaecerá la Festividad de Pesaj (Pascua Judía), según el calendario hebreo, y que es declarada por n/legislación conforme lo establece el artículo 6° del Decreto 1584/2010, como días NO LABORABLES, para los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía".
Prensa Daia Filial Santa Fe |
Decreto 1584/2010
Artículo 6°: “Establécense como días no laborables para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), DOS (2) días, el Día del Perdón (Iom Kipur), UN (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los DOS (2) primeros días y los DOS (2) últimos días”.
Artículo 8°: “Los trabajadores que no prestaren servicios en las festividades religiosas indicadas en los artículos 6° y 7° de la presente medida, devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio”.
· Pascua Judía (Pesaj) Martes 15, Miércoles 16 de abril de 2014, Lunes 21 y Martes 22 de abril del año 2014. Mencionamos también que todas las Festividades judías, comienzan siempre minutos antes del anochecer del día anterior por corresponder a un calendario lunar.
Sugerimos difundir esta información dentro de sus estructuras internas a fin de que la puedan tener en cuenta en la planificación de todas vuestras actividades.
Cualquier consulta sobre el particular, favor dirigirse a filialsantafe@daia.org.ar
No hay comentarios:
Publicar un comentario