La Cámara de Apelaciones de Rosario dejó firme una condena de seis meses de prisión en suspenso para una mujer que boicoteaba sistemáticas los encuentros.
/La Capital |
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de los tribunales provinciales de Rosario ratificó la sentencia condenatoria de seis meses de prisión condicional por el delito impedimento de contacto de menores de edad con sus padres no convivientes.
El tribunal de alzada confirmó el fallo que había dictado el juez correccional de Cañada de Gómez, Jesús Alberto Rizzardi. La mujer condenada, según trascendió de la resolución judicial, sistemáticamente impedía a su ex pareja tener contacto con el hijo de ambos.
Sergio Perrune, el abogado patrocinante del padre de la criatura, expresó que el fallo conocido hoy "es muy importante para todos los que ejercitan el derecho de familia. Cuando le leyó la resolución, el presidente de la Cámara de Apelaciones manifestó que en 40 años de ejercicio de la profesión de magistrado nunca vio tuvo la oportunidade expedirse sobre un fallo de condena a una madre que impedía a sus hijos ver al padre".
"Este fallo es muy importante porque es una práctica deleznable que impide el normal contacto que debe tener un chico con su padre", sostuvo Perrune. El abogado sostuvo que la mujer condenada daba cualquier tipo de excusa para impedir que los encuentro entre su ex hijo y el hijo entre ambos se concretara.
"Los chicos siempre son la materia de negociación y son los principales perjudicados de la controversia. Pero la inculcación malisiosa generalmente de la madre hacia el chico, hace que se vea al padre como un monstruo", agregó.
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