martes, 26 de junio de 2012

Trámite Gratuito para la Comercialización de Bonos ante Lotería de Santa Fe

La Caja de Asistencia Social – Lotería de Santa Fe - informó que se encuentra vigente el Decreto Nº 3925/86 reglamentario en materia de Rifas, Bonos Contribución, Tómbolas, Lotería Familiar, Bingos y/o Sorteos Contínuos.

DichoDecreto permite a las personas jurídicas de bien público sin fines de lucro y alas entidades sin personería que cumplen fehacientemente una función de ayuda ala educación, asistencia social o bien público, domiciliadas en el territorioprovincial, diligenciar gratuitamentela correspondiente autorización para la comercialización y venta de bonos,rifas o cualquier modalidad de sorteo con entrega de premios. Se encuentrancomprendidas también las denominadas: “Campañas de Socios Benefactores”,“Campañas de Donantes”, “Socios Voluntarios” y/o cualquier otra denominacióndestinada a fines similares.
 
 Seadvierte, en efecto, que la emisión, circulación y comercialización de talesmodalidades de juego sin la debida autorización otorgada por este Organismo,constituye una infracción a la Leyde Juegos de la Provincia,pudiendo ocasionar las sanciones legales que correspondan.
 
 Para laatención de consultas o la regularización de las situaciones ya existentes, losinteresados pueden dirigirse personalmente a la sección Rifas y Bingos en lasede de Lotería, ubicada en calle 1ª Junta 2724 (1er piso) de la capitalprovincial, o llamar al teléfono 0342-4573774 int. 225.
 
En Rosario lasconsultas serán atendidas en la delegación de la institución ubicada en Av.Pellegrini 947, o al teléfono 0341-4728534. 
 
En ambas circunscripcionesla atención se dispensa de lunes a viernes en el horario de 8 a 13hs.

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