martes, 30 de agosto de 2011

EN LA CIUDAD DE ROSARIO...Una compañía aseguradora deberá pagar a la víctima de un choque pese a que su cliente estaba en mora

Un camionero que se había atrasado en el pago de la cuota del seguro y su compañía deben indemnizar a un automovilista lesionado en un accidente. "El objetivo primordial del seguro de responsabilidad civil es la protección de quien resulta perjudicado", remarcó un fallo de la Justicia de Rosario.

Una compañía aseguradora deberá pagar a la víctima de un choque pese a que su cliente estaba en mora

Una compañía de seguros deberá pagar por un siniestro aún cuando el cliente no haya pagado la cuota. Según un informe del programa La mañana rosarina de La Tres, el caso tiene que ver con un accidente de tránsito y lesiones.
Todo ocurrió cuando un camión Ford 350 colisión en forma violenta con un Volkswagen Gol en la esquina de Francia y Gálvez. Como consecuencia del encontronazo, el conductor del automóvil resultó con heridas de consideración y el vehículo con daños de importancia.
En el inicio del proceso judicial por el accidente, la compañía aseguradora del camionero se negó a indemnizar a la víctima porque su afiliado o socio no llevaba las cuotas al día.
El caso llegó al Tribunal Colegiado de Responsabilidad extracontractual Nº 6 de Rosario, que en una resolución difundida esta mañana por La Tres, se afirmó que "el objetivo primordial del seguro de responsabilidad civil es la protección indemnizatoria de quien resulta perjudicado”.
Los jueces que integran ese tribunal, Horacio Allende Rubino, Juan Carlos Marchese y Alejandro Martín, sostuvieron que la víctima “es el centro de la preocupación del Derecho”, y además “la víctima debe ser considerado como consumidor de seguros, dado que sin ser parte del contrato se encuentra expuesto a una relación de consumo”.
Los jueces destacaron que el incumplimiento de las normas de tránsito llevan “a la actual pandemia que constituyen las numerosas muertes, lesiones y daños que se producen como consecuencia de los accidentes de tránsito”. Tras esa resolución, el conductor del camión deberá abonarle al automovilista, una suma entre capital e intereses superior a los 30 mil pesos, y además la sentencia se hace extensiva a la compañía de seguros Liderar.

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