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sábado, 31 de agosto de 2013

Quinto intento frustrado para desalojar un campo-CONFLICTO POR 2.519 HECTÁREAS EN EL PALMAR

Por “falta de seguridad” el juez comunal que debía ejecutar la orden desistió una vez más de llevar a cabo la medida.

El pasado jueves 29 de agosto, la Dra. Haidé Regonat, a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Tostado, ordenó el desalojo de la familia Barberis de un predio rural de 2.519 hectáreas conforme a un fallo de la Cámara de Apelación Civil de la ciudad de Rafaela, que favorece al propietario de un establecimiento ubicado en El Palmar, distrito Gato Colorado, departamento 9 de Julio.
La medida tenía que ser llevada adelante por el juez Comunal de Santa Margarita, Gabriel Velazco, quien adujo falta de seguridad para cumplir con la medida judicial. Según el magistrado, las fuerzas policiales recibieron órdenes de concurrir al campo en litigio desprovistas de armas y al desconocer la situación en que se encontraban los ocupantes circunstanciales del establecimiento rural, decidió suspender la medida. Fuentes extraoficiales hablan de que había personas con armas, solidarizadas con la familia Barberis, apostadas en distintos lugares del predio.
Cuatro suspensiones
Este campo de 2.519 hectáreas que la Justicia considera propiedad de Juan Carlos Adrover, ubicado en la zona de El Palmar, lleva ya cuatro intentos fallidos de restitución a su legítimo titular.
En octubre de 2012, fecha fijada para llevar a cabo el primer desalojo, fue frenado por una copiosa lluvia. El juez actuante en aquella oportunidad era el mismo que intentó hacer cumplir la orden el 29 de agosto pasado con sentencia judicial firme.
En noviembre del mismo año, la medida se suspendió por segunda vez porque el juez competente en esa ocasión, el Dr. Nicola, de la localidad de Gregoria Pérez de Denis, dijo “no contar con la fuerza policial suficiente para ejecutar la medida”. La familia demandada junto a un grupo de allegados que se solidarizaron con ellos resistió el desalojo.
El tercer intento fue resistido a los tiros. Ocurrió en diciembre de 2012. En esa oportunidad, un grupo de aproximadamente 25 activistas, junto a la familia Barberis que ocupa el campo resistió a los tiros el cumplimiento de la orden de la jueza Regonat.
Ley provincial
Ese mismo mes los demandados pidieron postergar una cuarta orden de desalojo hasta tanto la Legislatura Provincial no tratara la ley que prevé la suspensión por cinco año para la ejecución y desalojos de pequeños productores rurales, Ley Nº 13.334 que fue promulgada.
Esta norma legal alcanza a los pequeños productores, familias de trabajadores rurales o campesinos que acrediten una ocupación efectiva, ininterrumpida y continuada, pública y pacífica del predio rural por un término superior a 10 años. Pero para la jueza Regonat, en este caso la Ley 13.334 es inaplicable.
La cosa juzgada es el principal fundamento “porque los demandados en la causa no acreditaron la posesión efectiva, ininterrumpida y continuada, pública y pacífica del inmueble objeto de la causa”.
La Cámara de Rafaela consideró como poseedor de mala fe al ocupante que en este caso en cuestión “usó y gozó de la fracción de campo ocupado, que el negocio de aquél ha sido el de tomar animales vacunos de terceros o subalquilar parte del campo y que la renta ha sido líquida porque no se pagó impuestos de ninguna naturaleza”. Además, “en este caso el usurpador pretendía una superficie mayor de 5.000 hectáreas mediante juicio de usucapión, pero realmente ocupaba 2.519 ha”.

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