anuncio

anuncio

anuncio

anuncio

sábado, 1 de septiembre de 2012

NAC. “Preferimos que veraneen en el país”

Ricardo Echegaray, el titular de la Afip, justificó la nueva disposición del Gobierno, que retiene el 15 por ciento a las compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior, el igual que con las compras vía on-line.

 

Ricardo Echegaray, titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), justificó la nueva disposición del Gobierno de retener el 15 por ciento a las compras realizadas en el exterior con tarjetas de crédito emitidas en la Argentina
.
“Preferimos que se queden a veranear en el país”, dijo el jefe de la Afip durante el anuncio, el jueves, de la nueva medida. Durante la conferencia de prensa, Echegaray adjudicó a la iniciativa un objetivo recaudatorio. Dijo que “es un mecanismo para asegurar el pago de impuestos de los contribuyentes de alto poder adquisitivo”.

Admitió sin embargo que la medida también procura desalentar así los crecientes consumos con tarjetas de argentinos en el exterior, virtualmente la única manera de pagar la compra de bienes y servicios al inaccesible tipo de cambio oficial.

Tarjetas de la Argentina
Se trata de “un régimen de percepción que se aplicará sobre las operaciones de adquisición de bienes y prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito y de compra, administradas por entidades del país”, consigna la resolución 3.378 publicada en el Boletín Oficial.

“El presente régimen alcanza las operaciones efectuadas por el titular de la tarjeta, usuario, titulares adicionales y beneficiario de extensiones“, precisó la norma que fijó que “las percepciones que se practiquen por el presente régimen se considerarán pagos a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales o del Impuesto a las Ganancias”.

Entre los considerandos, la Afip destacó que “las operaciones de adquisición de bienes y prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, constituyen un indicador efectivo de capacidad contributiva”.

También subrayó que “razones de administración tributaria y de equidad tornan aconsejable implementar, respecto de aquellas operaciones que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito y de compra, un régimen destinado a adelantar el ingreso de las obligaciones correspondientes al Impuesto a las Ganancias o al Impuesto sobre los Bienes Personales”.

Asimismo, a partir de octubre, según la resolución 3.375, también publicada ayer, los bancos deberán informar, de manera discriminada, los gastos que se realizan en el exterior de los que se hacen a nivel local. Esta obligación “no debe generar ningún cargo adicional” para los usuarios de las tarjetas ya que “es una carga pública” para las entidades que hasta ahora informan sobre compras superiores a los 3.000 pesos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario