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viernes, 20 de abril de 2012

SANTA FE: Concejales de 100% Santafesino por la inclusión

Por iniciativa del concejal Marcelo Ferreira, el bloque 100% Santafesino del Concejo Deliberante presentó un proyecto para que el municipio implemente y/o adecue los juegos infantiles en plazas y playones municipales con el fin de garantizar la accesibilidad y uso de los mismos por parte de los niños con capacidades diferentes.

Respecto de esta presentación Ferreira declaró que “esteproyecto se basa en la necesidad imperante de enmarcar las construccionesubicadas en los espacios recreativos, tanto para dar cumplimiento con lanormativa nacional –Ley 22431 sobre discapacidad- como para cumplir con laobligación moral y cívica que nos atañe como ciudadanos, de que aquellosniños con capacidades diferentes que se ven imposibilitados de disfrutar de larecreación necesaria para su crecimiento físico, mental y psicológico puedanhacerlo como cualquier niño santafesino.”
 
Además el Concejal de 100%Santafesino expresó que “dentro de los Derechos del Niño declarados por la ONUen 1989 existen algunos que tienen estrecha relación con esto, como el derechoa jugar y a divertirse, el derecho al descanso, al esparcimiento, al juego ylas actividades recreativas, el derecho a la protección contra el descuido otrato negligente, a la participación en la vida cultural y artística y a unnivel de vida adecuado para su desarrollo.”
 
Cabe consignar que la ley nacionalNº 22431 sobre discapacidad establece entre otras cosas la institución de unsistema integral para las personas discapacitadas tendiente a asegurar a éstasestímulos que permitan en lo posible neutralizar la desventaja que ladiscapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo dedesempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las demáspersonas. En su artículo cuarto esta ley consigna que el Estado, a través desus organismos dependientes prestará a las personas discapacitadas servicioscomo rehabilitación integral entendida como el desarrollo de las capacidades dedicha persona, y en el artículo 22 consigna que en toda obra pública que sedestine a actividades que supongan el acceso público, deberán preverse accesos, medios decirculación e instalaciones adecuadas para personas discapacitadas. Por últimoaclara que serán las autoridades a cargo de las obras públicas existentesquienes deberán prever su adecuación para dichos fines.

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