miércoles, 2 de marzo de 2016

APERTURA AÑO JUDICIAL 2016‏ Discurso pronunciado por el Dr. Rafael F. Gutiérrez

Apertura Año Judicial 2016



ACTO DE APERTURA OFICIAL DEL AÑO JUDICIAL 2016
Discurso del señor Presidente de la
Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe
Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ
Señoras /es...

Agradezco a todos la presencia; sean ustedes bienvenidos. En especial destaco el esfuerzo de quienes han viajado desde lugares distantes, apreciamos mucho ese gesto. También saludo a los colegas e invitados que están presenciando este acto desde las restantes circunscripciones judiciales de la Provincia, vía teleconferencia, ese recurso tan valioso que hemos comenzado a utilizar en la justicia santafesina desde hace varios años.
Nuevamente, este año tengo el honor de presidir la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, cargo que debo al voto de mis colegas, a quienes -una vez más- agradezco la confianza en mí depositada.

Representando en tal carácter al Cuerpo, procederé, en acto público y solemne -como ordena la ley-, a iniciar formalmente la labor judicial del presente año.

Siguiendo la tradición, aprovecharé la formalidad de este acto para compartir con ustedes algunas reflexiones sobre el estado actual de nuestro Poder Judicial, deteniéndome en aquellos temas que considero de mayor interés para el momento actual.
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RELACIÓN ENTRE PODERES

Todo aquello que los jueces podemos y debemos comunicar a la ciudadanía debe venir, inexorablemente, enmarcado en el principio de la división de poderes. No se me escapa que el mismo rige para todas las autoridades públicas; pero en el caso del Poder Judicial, sus exigencias aparecen más fuertemente delineadas.

Ya conocemos sus postulados básicos: la potestad estatal se halla distribuida en tres grandes ramas, a las que se les adjudica una función específica. Ellas son la legislación, la administración y la jurisdicción. Históricamente, la formulación de este principio implicó una suerte de escudo de protección contra el poder estatal absolutista, y, de allí en más, constituyó la piedra basal del sistema político moderno. Su observancia es la más segura garantía de los ciudadanos contra los abusos del poder, ya que conforma una pauta de corrección funcional para los órganos públicos tan sencilla como crucial: que ninguno de los poderes invada la órbita de los demás.

En lo relativo al Poder Judicial, el principio indica un imperativo al que los jueces debemos someternos en todo momento: el saber mantenerse dentro de los carriles de la propia competencia, conformada por la potestad de resolución de conflictos interpersonales a través de la recta aplicación del Derecho. Así lo ha remarcado en reiteradas oportunidades la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tanto para sí misma como para otros tribunales inferiores. La observancia de este punto se torna particularmente importante en tiempos de crisis, en los que se llega a sobre-exigir a los jueces, a quienes a veces se nos pide la resolución de cuestiones que no encuentran solución en el mundo de las normas, sino en el de las políticas públicas; e, incluso, en el propio plano electoral. La judicialización de la política es una especie de deformación de las prácticas cívicas, que corresponde criticar y desechar, por terminar implicando un ilegítimo desplazamiento de las responsabilidades públicas.
Ahora bien, más allá de la distribución de las potestades estatales -que, ciertamente, se debe mantener- no debe perderse de vista que el Estado sigue siendo uno solo; y que entre los distintos poderes, también debe existir colaboración, acompañamiento y articulación mutua. Ello es así porque la obtención de resultados concretos en el campo de la promoción de los derechos de los ciudadanos, muchas veces depende del compromiso de todos los poderes, al requerir de la participación de los diversos sectores estatales.

Esa gestión mancomunada sólo es posible si existe un marco de entendimiento y de diálogo entre los diversos sectores, actitud ésta que no sólo consiste en intentar que los demás comprendan las propias ideas, sino también en tener la predisposición para escuchar las ideas de los demás, de modo tal de poder llegar a puntos en común.
Los santafesinos tenemos buenas experiencias a la hora de recoger los frutos de proyectos que emprenden conjuntamente. Me estoy refiriendo al histórico Plan Estratégico del Estado Provincial Para la Justicia Santafesina (del año 2006), conformado por los tres poderes del Estado, el Colegio de Magistrados y Funcionarios, por los colegios profesionales involucrados en el quehacer judicial, por las Facultades de Derecho de la Provincia y por el Gremio del Personal Judicial. Tengo muy presente, incluso, el firme compromiso personal e institucional ofrecido, en su momento, al Plan Estratégico por el Dr. SILBERSTEIN, en su carácter de Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.

En su marco se debatieron profundamente -y con un genuino espíritu democrático y plural- una diversidad de temas, todo lo cual llevó a la producción de conclusiones de contenido trascendental para la vida pública de la provincia. Entre ellos, pueden contarse nada menos que dos nuevos Códigos Procesales, actualmente vigentes: el Código Procesal Penal (hijo dilecto del Plan Estratégico) y el Código Procesal Laboral; además de numerosas modificaciones a la Ley Orgánica de Tribunales. También se elaboraron varios anteproyectos de ley de suma trascendencia, oportunamente remitidos a los poderes políticos para su respectivo tratamiento: Ministerio Público; Código Procesal Civil y Comercial; Código de Faltas; y Código Procesal del Menor.

Hoy en día hay muchos temas en los que la necesidad de trabajo conjunto se verifica de manera patente. Varios de ellos tienen en nuestra provincia una actualidad que merece ser destacada, tal como se verá a continuación; y es por ello que creo que es propicia la ocasión de reeditar un emprendimiento de la magnitud y alcance de aquel Plan Estratégico.

Justamente, al cumplirse 10 años, pienso que estamos en el momento justo de evaluar lo que se logró, ver qué necesidades de reformas pueden subsistir o haber aparecido sobre lo ya construido; incluso, recuperar aquellos proyectos de ley que no han sido aprobados y que perdieron estado parlamentario. Entre varios, pongo como ejemplo al proyecto de Código Procesal Juvenil, sumamente necesario en los tiempos que corren, ya que cada vez son más los esfuerzos interpretativos e institucionales que los jueces debemos hacer para adaptar el ordenamiento actual a los requerimientos que provienen de los tribunales y organismos internacionales, todos ellos, de imperioso acatamiento. O el Código Procesal Civil y Comercial, que precisa de muchos retoques, especialmente a partir del impacto que provoca el nuevo Código Civil y Comercial sobre los procesos.

La idea general sería volver a sentarnos todos los sectores involucrados en la materia, a través de los representantes que cada una de las instituciones elija, provocando un intercambio de aportes teóricos, técnicos y prácticos, logrando un clima de diálogo republicano que, en mi opinión, es el verdadero camino para lograr la democratización de la justicia.

Dejo esta inquietud como propuesta concreta; aprovechando la presencia en este acto del señor Gobernador de la Provincia y del señor Presidente de la Cámara de Diputados, quienes no dudo que ofrecerán su conformidad y apoyo.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

Uno de ellos es el tema de la cobertura de los cargos vacantes de magistrados. Probablemente sea el tema que más preocupa, por los notorios efectos nocivos que proyecta en la prestación del servicio.

Esta situación se manifiesta como un problema muy concreto en el servicio de prestación de justicia: juzgados que deben ser suplidos por otros jueces -que incluso, a veces, no son de la misma sede judicial-; cámaras de apelación que deben integrarse con magistrados de diferentes fueros; demoras y trastornos en trámites y decisiones.

Ahora bien: la superación de esta situación no está al alcance del Poder Judicial, ya que, por diseño constitucional, la designación de magistrados está a cargo, conjuntamente, de los poderes Ejecutivo y Legislativo; y, específicamente, dentro del primero, del Consejo de la Magistratura. En este punto es apropiado recordar que, por una expresa decisión del -por entonces- gobernador Binner, la Corte dejó de integrar el Consejo.

En los últimos años hemos asistido a la implementación de diversos sistemas de selección de aspirantes a magistrados. Si bien ellos muestran avances en varios puntos con relación a los sistemas anteriores, su ejecución, en la práctica, no siempre ha colmado las expectativas en materia de oportunidad y celeridad.

A los fines de demostrar que no se trata de un punto de vista subjetivo sobre el tema, me remito a los números concretos: sobre un total de 365 cargos de magistrados en toda la Provincia, al día de la fecha hay79 vacantes definitivas; lo que significa algo más que el 20% de la planta. Y si bien es cierto que existe la figura de los jueces subrogantes (recordemos que sólo para la primera instancia, no para las cámaras de apelación, también lo es que sólo 25 cargos vacantes -de los mencionados- cuentan con suplentes.

No es éste el momento para hacer análisis minuciosos sobre las causas de la lentitud del sistema, pero no puedo dejar de destacar, como muestra, algunos datos que justifican sobradamente nuestra preocupación:
  • El Juzgado de Circuito de San Justo quedó vacante en el año 2007, y se llamó a concurso recién en el año 2013. El Juzgado continúa sin titular.
  • En la Cámara Penal de Santa Fe tenemos 6 vacantes en la actualidad. Las primeras 3 vacantes se produjeron entre los años 2011 y 2012. El concurso respectivo se llamó en el año 2014; los cargos, hoy, siguen sin cubrirse.
  • En Rosario, también nos preocupan las vacantes en la Cámara Penal; son 4, y se comenzaron a producir en 2013. El concurso se llamó recién en 2015, y siguen en trámite. En similar sentido, se puede mencionar el caso de los 2 Juzgados de Faltas -es decir, todo el fuero de faltas de Rosario- que están vacantes desde los años 2010 y 2011; y todavía no se llamó a concurso. Más o menos lo mismo puede decirse del Juzgado de Circuito N° 5 de esa ciudad: quedó vacante también en el 2011; y si bien se llamó a concurso en el 2013, todavía el mismo no terminó.
  • El Juzgado Civil, Comercial y Laboral n° 1 de Cañada de Gómez quedó vacante en el año 2010. Se llamó a un concurso múltiple recién en el año 2012, el cual se terminó en el 2014, sin proponer ningún candidato para esa sede. Se volvió a llamar a concurso el año pasado; al día de hoy, ese Juzgado continúa sin titular.
Es cierto que varios de estos casos cuentan -o han contado- con jueces suplentes. Pero también debo decir que es conocida mi opinión personal sobre el tema (opinión que, también, ha sido compartida formalmente por la Corte), y ahora la reitero enfáticamente: el juez subrogante -y no quiero que se interprete de ningún modo como una descalificación personal hacia nadie- constituye una figura naturalmente transitoria, que es insuficiente para definir sólidamente al Poder Judicial como institución. No es bueno que una subrogancia de este tipo se prolongue durante años, tal como viene ocurriendo en los últimos tiempos. En este sentido, destaco que 4 de esas designaciones habrán de caer en el presente año, y otras 12 lo harán durante el 2017; con lo cual vemos que, si se mantienen las actuales condiciones, el sistema no tiende a cambiar.

Siendo así, encuentro propicia la ocasión para transmitir al señor Gobernador y al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos el pedido formulado ya varias veces por el Cuerpo en este último tiempo: la máxima atención que el tema merece, y, como consecuencia, la adopción de soluciones urgentes, asumiendo el Poder Ejecutivo, plenamente, los poderes constitucionales con que cuenta. Sepa, señor Gobernador que la Corte está plenamente dispuesta a colaborar en la ejecución de dichas soluciones -a pesar, reitero, del apartamiento que ha sufrido desde hace ya varios años en este tema-; y descuento que también ésa será la postura del Colegio de Magistrados y Funcionarios y de los Colegios de Abogados, instituciones que están indudablemente comprometidas en la correcta prestación del servicio de justicia.

Que quede en claro que no estamos hablando de designaciones masivas -que, por ejemplo, supongan trastornos presupuestarios o administrativos en la gestión provincial-; no son muchos cargos, pero, una vez cubiertos, implicarán una mejoría tangible en la eficiencia del servicio de justicia.
No se piense que este reclamo tiene un sentido sectorial o parcializado; muy por el contrario: los principales beneficiados de la cobertura de los cargos vacantes no seremos nosotros, los jueces, sino los ciudadanos, destinatarios últimos del servicio, que tienen derecho a que se les brinde respuestas jurisdiccionales no sólo justas sino también oportunas.

Tenemos conocimiento de que el señor Ministro de Justicia está trabajando en este tema, porque también sabemos de su genuina preocupación por el mismo. Resultaría deseable que esos proyectos sean compartidos y analizados por la Corte, el Colegio de Magistrados y Funcionarios y por los 5 Colegios de Abogados de la Provincia; desde ya, queda ofrecida nuestra capacidad de trabajo en ese sentido.

EL NUEVO SISTEMA PENAL
Otro tema en que la colaboración entre poderes se viene manifestando de manera contundente, tiene que ver con una serie de medidas y de actividades exigidas por la implementación del nuevo sistema procesal penal.
En este sentido, corresponde mencionar que el Poder Legislativo ha hecho su tarea inicial, al sancionar una serie de leyes, que -bueno es recordarlo- están a la altura de las más modernas legislaciones en la materia: ministerios públicos con autonomía funcional; sistema de juzgamiento controversial; juicios orales; derechos de víctimas; protección de testigos; ampliaciones presupuestarias; entre otros.

Por su parte, el Poder Ejecutivo, ha predispuesto también una serie de medidas administrativas, tales como transferencias presupuestarias y apoyo logístico en el desarrollo de los primeros pasos de la gestión de los Ministerios Públicos.

Por su parte, la Corte también ha hecho -y sigue y seguirá haciendo- ingentes esfuerzos materiales e institucionales, a través de su propio personal, en orden a proporcionar el mayor marco de eficiencia al nuevo sistema.

En efecto, a partir de septiembre de 2013 se comenzó a trabajar con todos y cada uno de los distritos que cuentan con juzgados penales, procediéndose a alquilar inmuebles que fueron adaptados a las exigencias de los nuevos juicios. Desde luego, dicha adaptación también fue materializada en los inmuebles propios de este Poder Judicial.
Todas estas tareas insumieron más de 9 millones de pesos. En estas dependencias se instalaron 27 salas de audiencias preliminares y 9 salas de audiencias de juicios orales con el equipamiento de audio, video y computación correspondiente; equipamiento que supuso una inversión de algo más de 6 millones de pesos.

Para mayor abundamiento, para el funcionamiento de las nuevas Oficinas de Gestión Judicial, se procedió a la adquisición de 80 equipos de computación, todo lo cual supuso el correspondiente trabajo de instalación y capacitación del personal que opera este equipamiento. Asimismo, se adquirieron 35 nuevas líneas telefónicas y 600 nuevos equipos telefónicos.
Es de esperar que en el transcurso de este último año del período de transición, sean atendidos los requerimientos que este Poder Judicial formule a los fines de comenzar a transitar del modo más adecuado la plena vigencia del nuevo código.

No debe dejar de verse que en este tema le cabe a la Corte, como cabeza del Poder Judicial, un doble compromiso institucional, que ha asumido firmemente: no sólo el éxito de los primeros pasos de las nuevas estructuras, sino también la correcta, adecuada y -fundamentalmente- justa administración del sistema de conclusión de causas, que no por superado debe ser desmerecido, ya que en el mismo aún quedan muchas causas en las que muchos de nuestros conciudadanos están esperando -con toda razón- una respuesta jurisdiccional a sus agravios.

También es bueno que se sepa que todos los esfuerzos hasta aquí realizados y que -reitero- se seguirán realizando en el futuro, han estado signados por un alto grado de compromiso de parte del personal involucrado en la materia (magistrados, funcionarios, empleados), cuya predisposición y esfuerzo debe ser puesto de manifiesto y reconocido. Tanto es así que en muchos casos -especialmente, en sedes pequeñas del interior de la provincia- contamos con jueces que ejercen, simultáneamente, las dos jurisdicciones. La predisposición institucional de la Corte también se ha manifestado plenamente, al colocar al servicio de los nuevos ministerios públicos, la infraestructura administrativa y técnica necesaria para hacer frente con la máxima eficiencia y eficacia a los nuevos desafíos que presenta la investigación criminal de hoy.

LA INSEGURIDAD

El hecho de que haya dedicado una especial atención al tema del proceso penal exige 2 aclaraciones.

En relación a la primera de ellas, es preciso no perder de vista que el nuevo sistema procesal penal, aún su más pleno y efectivo funcionamiento, no constituye la panacea contra la inseguridad. Sé que no es grato oír este tipo de afirmaciones, pero mi responsabilidad como Presidente de uno de los poderes del Estado exige sinceridad y claridad. En el plano de los hechos delictivos que tanto nos vienen preocupando a todos últimamente, el Poder Judicial entra en escena cuando el hecho ya se perpetró, es decir, cuando ya hay un bien jurídicamente tutelado que ha sido vulnerado.

Y ello es así no por desidia o por ineficacia, sino por específico diseño constitucional, que -sin ir más lejos- es el mismo que impera en todo occidente: el Poder Judicial es el único que actúa a instancia de parte, debiendo serle requerida su intervención para un caso concreto que debe resolverse de acuerdo a derecho.

La prevención del delito, el cuidado de la seguridad pública de nuestros conciudadanos -y, especialmente- de nuestros hijos y nietos es materia propia del Poder Ejecutivo. La policía de seguridad y el sinfín de recursos propios de la promoción social y de los servicios públicos -que, sin lugar a dudas, contribuyen a disuadir la actividad delictual- resultan ajenos a la órbita de competencia de fiscales y tribunales, que, por cierto, cometerían un exceso funcional intolerable si se dispusieran a asumir funciones que no les corresponden.

Vinculado con este tema, es preciso destacar que en el nuevo sistema de enjuiciamiento penal, el diseño, construcción e implementación de la política criminal se encuentra a cargo del Ministerio Público de la Acusación que -según la ley 13.013- cuenta con la estructura técnica y administrativa suficiente para cumplir con su función principal, de establecer y ejecutar los lineamientos de la política de persecución penal pública en el ámbito provincial, fijando para ello las prioridades y criterios técnicos de la investigación y persecución de los delitos. Asimismo, le corresponde ejercer la acción penal ante los tribunales y actuar en juicio y dirigir el Organismo de Investigaciones y a la Policía en función judicial.

Así, los fiscales son los responsables de seleccionar en qué casos y bajo qué fundamentos solicitarán prisión preventiva, por cuáles presentarán acusación y requerirán que los casos sean llevados a juicios. También cae dentro de la competencia de los fiscales determinar en qué supuestos concertarán acuerdos abreviados, se aplicarán criterios de oportunidad; o se solicitará la suspensión del juicio a prueba.

Por su parte, cabe resaltar que la función de los jueces penales reviste singular importancia, en tanto son los encargados de velar por la legalidad y el resguardo de las garantías constitucionales, aunque sin olvidar que la naturaleza acusatoria de este nuevo sistema limita las facultades de los magistrados a admitir o rechazar las peticiones de las partes, no pudiendo suplir la actividad de las mismas, sujetándose estrictamente a lo que éstas hayan discutido.

En segundo lugar, debo decir que la agenda de temas judiciales no se debe agotar en el mundo del proceso penal. No negamos que se trata de un especial requerimiento de la hora actual; pero es preciso tener presente que también los fueros civil y comercial, laboral y contencioso administrativo tienen sus propios requerimientos funcionales. Y en el desempeño de esos tribunales están puestas muchas de las expectativas de la vida civil, económica y social de la ciudadanía. Recordemos que la paz social -a la que este Poder Judicial puede y debe contribuir, desde su lugar- no sólo se construye persiguiendo y castigando, sino también fijando pautas jurídicas justas, claras y previsibles para toda la población, en el marco de las relaciones civiles, comerciales, de familia y administrativas. Es por ello que remarco esta apreciación de mi parte -y que, ciertamente, es también la de la Corte-, en el sentido de considerar en la agenda de temas judiciales del presente año a la totalidad del Poder Judicial, en la plenitud de sus fueros y jurisdicciones.

PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN

Es importante también hacer una referencia a algunos proyectos en materia de planificación informática, porque está claro que hoy el Poder Judicial no puede permanecer ajeno a las exigencias de una sociedad tecnificada, y en creciente interconexión.

En el marco del Proyecto de Modernización Integral que este Poder Judicial viene llevando adelante, les recuerdo que entre los años 2007 y 2013 se ejecutó, con financiamiento externo, la Licitación Pública Internacional N° 10, para el diseño, construcción y puesta en servicio de un nuevo Sistema de Gestión Judicial para este Poder Judicial; con la modalidad “llave en mano”. Si bien el financiamiento comprendía a la totalidad del Poder Judicial, es preciso señalar que por una expresa disposición del Poder Ejecutivo del año 2013, se rescindió parcialmente el contrato, dejando fuera de la ejecución a los Subsistemas penales, los cuales -según se indicaba expresamente- pasarían a ser desarrollados por dicho Poder del Estado.

La Corte lamentó formalmente esa rescisión, ya que ella quitaba nada menos que la nota de “integral” que tenía originariamente el Proyecto de informatización. Y si bien se puso a disposición del Poder Ejecutivo para colaborar en la tarea pendiente -colaboración que, efectivamente, se prestó a través de profesionales de la Secretaría de Informática y de los directores de las Oficinas de Gestión Judicial- lo cierto es que, finalmente, los trabajos fueron adjudicados por el Poder Ejecutivo a una empresa privada.

Esos trabajos tercerizados, al día de hoy, no están terminados, contrariamente a los que quedaron comprendidos en la contratación original, que ya están en marcha y en plena expansión.

Volviendo a los nuevos sistemas del Proyecto de Informatización, los mismos se diseñaron y se pusieron a prueba, primero, en las “dependencias modelo” del Poder Judicial, distribuidas por fuero e instancia, comprendiendo no sólo Juzgados, Cámaras y la propia Corte, sino también dependencias auxiliares, como los Registros, Salas de Efectos y los Archivos Generales.

Superadas las primeras pruebas, a partir del año 2014, comenzamos la etapa que denominados “de réplica”, orientada a instalar el sistema, progresivamente, en todas las dependencias del Poder Judicial.
Al día de hoy, podemos decir con satisfacción y orgullo que se encuentran digitalizados todos los juzgados civiles y comerciales y laborales de Santa Fe y de Rosario -con sus respectivas Mesas de Entradas-. También la Cámara Civil de Santa Fe y, recientemente, dos salas de la Cámara Civil de Rosario. En los próximos días, se instalarán las dos salas restantes; todo ello, con sus respectivas Mesas de Entradas. Y, como ya dije, las tareas continúan en plena expansión: se encuentra en ejecución una tercera etapa de incorporación al nuevo sistema que comprende a 62 nuevas unidades; a continuación, se prevé su extensión al resto de la geografía de la provincia.

Este programa constituye un hito importante dentro del Proyecto en general, ya que es la primera experiencia de integración entre la Primera y Segunda Instancia de un mismo Fuero y la Corte misma, manteniendo cada causa una única identificación a lo largo de todo el proceso, desde su inicio en la Mesa de Entradas Única hasta su finalización en el Archivo General de Tribunales.

Ya en otras ocasiones hemos destacado las funcionalidades que traen aparejadas las modernas tecnologías a este nuevo sistema: la digitalización (a través de escáner) de todos los escritos presentados en un tribunal; y la posibilidad de visualizar vía internet el expediente completo -no sólo los escritos de las partes, sino también los decretos, resoluciones o sentencias del tribunal-.

Brevemente, quisiera mencionar un tema de gran importancia en los tiempos actuales, en el cual ya estamos y continuaremos trabajando: la notificación electrónica con tecnología de firma digital. Este nuevo servicio se ha puesto a disposición de los profesionales de manera voluntaria durante el año pasado en la Secretaría Técnica de la Corte, y progresivamente se irá extendiendo a otros fueros e instancias; brindando celeridad y certeza a las comunicaciones dentro de los procesos judiciales.

Quisiera detenerme un momento en el tema edilicio. Aquí habría mucho para decir, ya que los esfuerzos materiales y humanos que se despliegan desde la Corte abarcan a la totalidad de la geografía santafesina. Sólo a título de ejemplo, creo que se pueden mencionar las obras que actualmente estamos realizando en los edificios centrales de los tribunales de Santa Fe y de Rosario a los fines de lograr las adecuaciones que el nuevo sistema penal necesita; como así también la ejecución -con recursos propios- de la segunda etapa del edificio de tribunales de San Cristóbal.

De modo especial, quisiera destacar el gran paso que supone el avance de las obras del edificio para la Nueva Justicia Penal (en Rosario) y la ampliación del Edificio de estos Tribunales en Santa Fe.

Recuerdo que en el acto de apertura del año judicial 2014, agradecía a las anteriores autoridades del Poder Ejecutivo por el esfuerzo que venían depositando en las etapas previas a la concreción de estos emprendimientos. Hoy, ya con los trabajos comenzados, es mi deber reiterar ese reconocimiento, y, a la vez, solicitar al señor Gobernador el sostenimiento del compromiso institucional y de la consiguiente provisión de la financiación necesaria para que las obras puedan terminarse lo más pronto posible. Tenga la seguridad que las comunidades de estas 2 ciudades y de sus zonas de influencia -ciudadanos y abogados- se verán claramente beneficiadas. En Rosario, por suponer un alivio a un edificio ya por demás comprimido en su potencialidad; y, en Santa Fe, por la concentración, en un solo lugar de todos los juzgados que hoy están dispersos en la ciudad. En ambos casos, con instalaciones acordes con la índole del servicio que se debe prestar, y, fundamentalmente, acordes con la dignidad que los ciudadanos merecen.

Finalmente, anuncio que se encuentran a estudio de las Oficinas Técnicas de la Corte sendos proyectos arquitectónicos para centralizar las dependencias judiciales que actualmente funcionan en las sedes Casilda, Cañada de Gómez y Reconquista.

CAPACITACIÓN – MEDIACIÓN

En materia de capacitación, el Poder Judicial mucho ha aportado. Lo sigue haciendo y descuenten que seguirá profundizando el camino iniciado, ya que tenemos muy en claro que la capacitación, lejos de ser una especie de “anexo” de la función judicial, constituye hoy un componente indispensable de la misma.

Tal como solemos recordar, la capacitación impartida desde nuestro Centro de Capacitación no intenta superponerse a la formación universitaria, sino, en todo caso, complementarla y enriquecerla a partir de la consideración de las exigencias propias de la praxis judicial.

Suelo decir que cada día es más difícil ser juez; y creo no equivocarme. Hoy en día, hay múltiples desafíos a los que se debe hacer frente.

Por un lado, la complejidad actual de los sistemas normativos. Hoy en día los casos judiciales no están captados por una única norma, sino por un sistema normativo complejo, en cuya dinámica prima el denominado “diálogo de fuentes” auspiciado de manera explícita por el flamante Código Civil y Comercial. Eso hace que los jueces del Derecho Privado deban conocer normas del Derecho Público -y viceversa-, en un ejercicio que, ciertamente, tiende a borrar en muchos temas los límites de las tradicionales ramas del Derecho.

También los avances científicos y tecnológicos siguen abriendo horizontes en materia de derechos, especialmente en materia de salud, de ambiente y de informática, por mencionar sólo algunas áreas. Es así como, necesariamente, la decisión judicial necesita de conocimientos de ciencias auxiliares, porque allí donde el hombre va abriendo nuevos caminos, pueden surgir nuevos derechos y también nuevos deberes. Se le suma en este tema, el creciente empoderamiento de la sociedad civil -enhorabuena, claro-, que anima a la formulación de peticiones novedosas y, muchas veces, complejas.

A los fines de ofrecer algunos datos sobre el tema, les comento que durante el año 2015, han participado de las actividades del Centro de Capacitación Judicial, unas 4.500 personas, entre personal judicial (magistrados, funcionarios, empleados), profesionales del Derecho y participantes de áreas afines al poder judicial.

A modo ilustrativo: el año pasado se llevaron a cabo -entre talleres, cursos anuales y seminarios-, unas 50 actividades. Entre ellas, destaco nuestros ya conocidos cursos anuales: de Magistratura Judicial; de Derecho e Informática; de Periodismo Judicial; y la Diplomatura en Pericias Judiciales, que se vienen realizando desde hace varios años, alternativamente, en Santa Fe y en Rosario, con sostenida repercusión en materia de participación. Los últimos dos años, hemos dedicado especiales esfuerzos en la realización de actividades de capacitación relacionadas con el flamante Código Civil y Comercial.

Es digno de destacar en este sentido, que el curso de actualización sobre el nuevo Código diseñado por nuestro Centro de Capacitación, captó la atención del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el que, junto con la JUFEJUS decidieron replicarlo en la mayoría de las provincias argentinas, de manera gratuita. El lanzamiento de tan importante iniciativa se hizo en esta ciudad; ya lleva dos ediciones. Se ha dictado, alternativamente, en Santa Fe y en Rosario, y ha sido transmitido por videoconferencia a otras sedes judiciales, y a los Colegios de Abogados y facultades de Derecho. Contó, entre las 2 ediciones, con unos 1.200 participantes.

También es importante recordar que el Centro también tomó la iniciativa de suscribir convenios con el Poder Ejecutivo provincial, a los fines de llevar a cabo actividades conjuntas que resultan de interés compartido. Destaco, entre ellas, el Seminario de Implementación de las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Situación de Vulnerabilidad, el que dio lugar, a su vez, al desarrollo de muchas otras actividades sobre temáticas afines (justicia penal juvenil, violencia doméstica y de género, inclusión para personas con discapacidad, entre otras). De esta manera, el Centro de Capacitación incursionó en un nuevo horizonte: el de llegar, conjuntamente, a empleados y funcionarios de ambos poderes, bajo la supervisión de las respectivas máximas autoridades. Es nuestro anhelo sumar al Poder Legislativo, a los fines de que estos emprendimientos tengan un alcance verdaderamente integral.

Hay que tener en cuenta que los programas de estas actividades fueron diseñados sobre la base de precisos lineamientos fijados en la materia por tribunales y organismos internacionales sobre derechos humanos; todo lo cual marca un camino firme en el perfeccionamiento de la vigencia de los derechos humanos, desafío que alcanza al Estado todo.

A su vez, también es dable destacar la importante presencia que nuestro Centro de Capacitación tiene en la Mesa Directiva de “Reflejar”, que es el Instituto de Capacitación Judicial de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, que funciona en el ámbito de la Junta Federal de Cortes. Y, por su intermedio, hacia la Capacitación Judicial Iberoamericana. En suma, traigo a colación estas referencias para poder compartir con ustedes el crecimiento que ha tenido nuestro organismo de capacitación, como así también el reconocimiento y la trascendencia lograda más allá de las paredes del poder judicial santafesino.

En nombre de toda la Corte, vaya un especial reconocimiento a la Dirección del Centro de Capacitación y a su cuerpo de colaboradores, ya que gracias a su dedicación y permanente esfuerzo son los que posibilitan el desarrollo y la expansión permanente de todas estas actividades.

También la mediación judicial merece una mención especial en esta reseña.

Al lado de la mediación prejudicial obligatoria (que es organizada y gestionada por el Poder Ejecutivo), es preciso señalar que el Poder Judicial, desde 1995 tiene un mecanismo de resolución alternativo de conflictos, que viene funcionando con óptimos resultados. A diferencia de la mediación prejudicial, la que ofrece el Centro de Mediación de la Corte es voluntaria y gratuita; y puede ser solicitada tanto por las partes del juicio como por los los jueces que ya están conociendo el caso. Según la reglamentación aprobada, alcanza a “toda cuestión de carácter patrimonial o extrapatrimonial que sea susceptible de transacción, siempre que no vulnere el orden público”. A partir de la entrada en vigencia del nuevo sistema procesal penal, se incorporó la mediación como uno de las posibilidades del principio de oportunidad penal, lo que exigió de una específica tarea de capacitación y adecuación funcional del área.

Son mediadores los funcionarios y agentes judiciales, que cumplan con una serie de requisitos funcionales y que hayan aprobado la respectiva capacitación. Las tareas se llevan a cabo fuera del respectivo horario de trabajo, de modo tal de no resentir el funcionamiento habitual de las dependencias judiciales. Esto permitió que el Poder Judicial prestara el servicio de Mediación sin carga presupuestaria adicional, instalando progresivamente la cultura de la no-conflictividad en el ámbito forense y en la comunidad en general. En la actualidad existen más de 400 mediadores judiciales habilitados por la Corte.

Con buenas razones, el Poder Judicial de la provincia Santa Fe puede considerarse el gran impulsor de la Mediación en la Provincia. Al 31.12.2014 se llevan efectuadas más de 22.500 mediaciones en su ámbito. Del total general de causas llevadas a mediación, el porcentaje de personas que aceptan concurrir es del 75%; de ellas llegan a una efectiva solución el 62%. El área de familia representa un 77,30%; el contractual, un 13,20%; y el extracontractual, un 9,5%.

En materia penal la tendencia muestra que el 32% de las solicitudes recibidas por los juzgados son aceptadas por las partes. Cabe destacar que el porcentaje de acuerdo en aquellas mediaciones en que las partes han aceptado participar es del 73%.

Estos datos demuestran la importancia de continuar con la estrategia diseñada desde el año 2009, que incluye no sólo la capacitación específica sino también la difusión y el debate sobre este instituto con Jueces, Fiscales y demás funcionarios, teniendo en cuenta la nueva legislación, el Reglamento de Mediación, y la teoría sobre la temática desarrollada en otras provincias.

También en este tema quiero dedicar un especial agradecimiento al señor Director del Centro de Mediación, Dr. JORGE GIANDOMÉNICO, por la permanente e incesante colaboración prestada en esta área de trabajo.

EL ROL DE LA JUSTICIA EN EL SIGLO XXI

La reseña que efectué hasta aquí, lejos de constituir un listado de temas inconexos, debe ser entendida como capítulos de una política judicial orientada a sustentar el ejercicio de la función judicial tal como corresponde entenderla en la actualidad.

Se ha identificado al siglo XXI como “el siglo de los jueces”; y ello, porque, sin perder de vista los principios rectores de la división de poderes de que hablaba al principio, hoy en día los operadores del Derecho estamos inmersos en una realidad normativa y cultural muy diferente a la de los tiempos pasados.

Los paradigmas constitucionales de los derechos fundamentales -no sólo reconocido por la Constituciones, sino en el plano internacional por un plexo de tratados y convenciones- nos marca un contenido infranqueable en el arduo camino de ofrecer respuestas jurisdiccionales justas y razonables. Ya no alcanza con formular silogismos entre normas y caso, porque la normativa ha cambiado y los casos admiten ser abordados desde muy diferentes miradas.
El “diálogo de fuentes” que recién mencionaba hoy exige ponderar normas de distintos orígenes con principios y con la inevitable consideración de los efectos de las sentencias, especialmente en los casos en que la decisión presente contornos de relevancia institucional. No estoy haciendo una defensa de ningún tipo de justicia deferente o esclava del poder, sino de una justicia responsable de sus actos dentro de un sistema de Estado de Derecho moderno.
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PALABRAS FINALES

Con estas palabras, he pretendido reflejar, mínimamente, las ideas y los anhelos del Poder Judicial de la Provincia. No pretendo haber hablado solamente para mis colegas magistrados; por el contrario: he tenido la intención de llevar mensajes útiles para todos los operadores jurídicos y políticos que, de diversa manera, tienen que ver con la judicatura, y, muy fundamentalmente, para la ciudadanía toda, destinataria última del servicio de justicia.

Seguramente, mañana mismo, aparezcan nuevas ideas, nuevas inquietudes, aunque también, nuevos inconvenientes que superar. Pero ése es, precisamente, el desafío que presenta la hora actual: conocer la realidad que tenemos y la que nos circunda; aprovechar de ello lo mejor y seguir adelante, con metas claras, precisas y realizables.

Haciendo propia, pues, la invocación de nuestros constituyentes a la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, y de conformidad al artículo 19 (inciso 15) de la ley 10.160, declaro formalmente inaugurado el presente año judicial.

Muchas gracias.

Discurso pronunciado por el Dr. Rafael F. Gutiérrez
Presidente de la Corte Suprema de Santa Fe
Apertura del Año Judicial 2016
Santa Fe, 2 de marzo de 2016.
Salón de Actos - CSJSFE

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