martes, 1 de julio de 2014

Comenzó a regir la mediación prejudicial en la ciudad de Gálvez

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Lewis, inauguró el sistema de mediación prejudicial obligatoria civil y comercial en la ciudad de Gálvez, departamento San Jerónimo, de la Región 3. De esta manera dicha localidad se convierte en la décimo octava de la provincia donde funciona el sistema.
/Secretaría de Comunicación Social | 
Comenzó a regir la mediación prejudicial en la ciudad de Gálvez

Además se incorporó un Centro de Mediación Comunitaria, disponible para vecinos de localidades cercanas a Gálvez. Por ordenanza municipal se dispuso la creación del sistema integral de mediación, en línea con la ley provincial N° 13151, con el objetivo de posibilitar el acceso a la Justicia a través del diálogo, a la mayor cantidad de ciudadanos posible.

“Es sumamente valiosa la decisión de intendentes y presidentes comunales de ponerse al frente de esta propuesta provincial para ofrecer la Mediación Comunitaria a toda la ciudadanía. Hoy en Gálvez, además de habilitarse el sistema integral de mediación, por ordenanza municipal los concejales decidieron por unanimidad extender el servicio de acceso a la justicia a vecinos de localidades aledañas”, señaló el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Lewis, reconociendo el significativo trabajo realizado en esa ciudad.

El acto tuvo lugar en el Centro Integral de Mediación. Además del ministro Lewis, participaron el intendente, Mario Fissore, concejales y autoridades locales, el director del Centro de Mediación, Gustavo Parici, y la titular de la Dirección de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales de ese Ministerio, Eleonora Avilés.

El Centro Integral de Mediación funciona en el marco de la subsecretaría de Salud y Desarrollo Social de Gálvez, está estratégicamente ubicado, cerca del Centro de Asistencia a la Víctima de la Violencia, en pos de un abordaje integral e interdisciplinario de asistencia y acceso social a la Justicia.

TRANSFORMACIÓN JUDICIAL

De aplicación progresiva, la Mediación comenzó a regir por primera vez en territorio santafesino el 29 de noviembre de 2011, en el marco de las políticas implementadas para la transformación de los sistemas judiciales y de la profundización de una forma alternativa de resolver conflictos.

El sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria está en marcha en los nodos Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto (próximamente también en el nodo Rafaela) y en 18 localidades: San Javier, Rosario, Santa Fe, Santo Tomé, San Carlos Centro, Coronda, Villa Constitución, Villa Gobernador Gálvez, Las Rosas, Esperanza, Venado Tuerto, Rufino, Firmat, Melincué, Cañada de Gómez, Casilda, San Jorge y Gálvez. Asimismo, se encuentra habilitado un Centro de Mediación en Rafaela, que participará en la implementación del sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria a partir de la puesta en marcha del mismo en ese nodo.

CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA

Establecida por la ley N° 13151, la mediación prejudicial obligatoria tiene dos características que la distinguen del resto de las legislaciones (nacional y provinciales): la organización del sistema en la órbita del Poder Ejecutivo, y la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación a todo el procedimiento, lo que le da mayor agilidad, economía y eficiencia al sistema.

Desde la Dirección de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales recordaron que estos avances se dan en el marco de las políticas implementadas por el gobierno provincial para la transformación de los sistemas judiciales y la difusión de nuevas formas de resolver los problemas entre los ciudadanos, que no sólo impliquen la salida del litigio en los Tribunales.

De hecho, desde que el sistema entró en vigencia se ha ido extendiendo en territorio y competencia, con resultados satisfactorios: según las estadísticas: uno de cada cuatro casos llevados a mediación no ingresaron a la justicia. Es decir, que pudieron resolverse en esta instancia previa a través del diálogo y de la autocomposición del conflicto.

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