martes, 11 de marzo de 2014

SANTA FE: Proponen una norma para regular la habilitación y funcionamiento de las pensiones

La iniciativa fue presentada por la concejala Cristina Quinteros (UCR-FPCS). “Es necesario contar con un marco regulatorio en la materia, con fuerte intervención del Departamento Ejecutivo Municipal”, manifestó la edil. Se creará un registro de pensiones y un libro de pensionistas.
Prensa Concejal Quinteros | 

Proponen una norma para regular la habilitación y funcionamiento de las pensiones
La concejala Cristina Quinteros (UCR-FPCS) presentó un proyecto de Ordenanza que tiene como objetivo regular lo referido a habilitaciones y funcionamiento de pensiones, dentro de la ciudad de Santa Fe.
 Ante la ausencia de normativa, la edil manifestó que “es necesario contar con un marco regulatorio en la materia, con fuerte intervención del Departamento Ejecutivo Municipal, para evitar situaciones como la vivida hace poco tiempo atrás por una joven que vino a la ciudad a estudiar y se encontró con que la pensión contratada no tenía habilitación en el rubro y además había funcionado como wiskería”.
 El proyecto legislativo presentado por Quinteros define el rubro y categoriza a las pensiones en los tipos: familiar, estudiantil o general. Además, establece los requisitos que los propietarios de los negocios deberán reunir para poder habilitar el establecimiento (entre otros se señalan certificado de buena conducta, planos del inmueble, e inscripción en organismos impositivos).
 Según el proyecto de Ordenanza, la habilitación de las pensiones tendrá una vigencia de dos años, tras lo cual cada propietario deberá volver a presentar la documentación requerida por la autoridad de aplicación que definirá el Departamento Ejecutivo Municipal.
 REGISTRO DE PENSIONES Y PENSIONISTAS
 Quinteros también propone que el DEM cree un Registro de Pensiones donde quede asentado y tipificado cada uno de estos establecimientos, individualizando además su tipo y responsable.
 Cada uno de los responsables de las pensiones habilitadas deberá a su vez contar con un Libro de Pensionistas, que entre otras informaciones deberá contener los datos de cada persona alojada, fecha de ingreso y egreso, y autorización de sus progenitores o tutores en los casos en que los pensionistas sean menores de edad.

SEGURIDAD Y SANCIONES
Cada pensión deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento de Edificaciones Privadas y tributará un monto fijo en pesos por cada habitación que tenga.
 En caso que se incumpla con alguno de los requisitos previstos, el infractor se ajustará a lo normado en el artículo 3 de la Ordenanza7.882.
 Las pensiones preexistentes a la sanción de la norma tendrán un plazo de 90 días para adecuarse a la Ordenanza.

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