martes, 14 de agosto de 2012

SANTA FE: Rescindieron la concesión de Piedras Blancas

El Municipio resolvió dar por finalizada la concesión al corroborarse numerosos incumplimientos por parte de la empresa. Además de las demoras en la ejecución de obras, se detectaron construcciones no habilitadas y que no cumplen con el pliego de licitación. El lugar estará a cargo del área de Deportes hasta que se abra la nueva licitación.

La Municipalidad de Santa Fe notificó esta mañana a la sociedad comercial denominada “Piedras Blancas S.A.” que, en virtud de numerosas irregularidades -que incluyen el incumplimiento de plazos en el plan de obras y la realización de construcciones que no fueron aprobadas- resolvió rescindir el contrato de concesión de obra pública para la explotación del Complejo Turístico Recreativo Nodo Sur Costanera Este, conocido popularmente como Piedras Blancas.
 
El predio ubicado en inmediaciones de la cabecera este del Puente Colgante estará ahora a cargo del área de Deportes del Gobierno de la Ciudad, hasta que se lleve adelante una nueva licitación. En ese sentido, se otorgó a los ahora exconcesionarios un plazo de 72 horas para retirar la totalidad de los bienes y pertenencias que no sean propiedad del Municipio.
 
“La intención del Gobierno de la Ciudad es contar con las mejores condiciones y los mejores servicios en los complejos turísticos de la zona de playas y en la Costanera. Por eso, recientemente adjudicamos el complejo ubicado sobre la Costanera Oeste, y ahora se resolvió rescindir la concesión con esta empresa por una serie de incumplimientos que se observaban”, explicó Pablo Tabares, secretario de Producción del Gobierno de la Ciudad.
 
Y completó que “en las próximas semanas estaremos elevando al Concejo Municipal el proyecto de pliego de bases y condiciones para realizar una nueva licitación”.
 
 
 
Fuera de plazo
 
 
 
En el decreto del Departamento Ejecutivo en el que se determina la rescisión de la concesión, se adjunta un detalle de las razones que fundamentan la decisión. En ese sentido, se señala que el plazo de obra se encuentra largamente vencido. La fecha de inicio de los trabajos fue el 31 de marzo de 2010, por lo que los 240 días previstos en el pliego se encuentran holgadamente cumplidos. Por otra parte, se verificaron “reiterados incumplimientos a las órdenes de servicio dadas por la Inspección de la obra, y ello a su vez se complementa con los numerosos informes de la Dirección de Estudios y Proyectos que dan cuenta de un atraso que hoy alcanzaría casi el 50 %”.
 
En ese punto, se resalta que al 8 de agosto de este año, la obra presenta un avance del 52,08 %, y que “en rubros como cubierta, contrapisos y pisos, solados, cielorrasos, carpinterías, pinturas, instalación sanitaria, instalación eléctrica, instalaciones especiales y equipamiento, el grado de ejecución es nulo; y en rubros como mamposterías y revoques el avance es parcial, lo que hace muy difícil o imposible, terminar la obra en septiembre, tal como había anunciado la contratista”. 
 
Cabe mencionar que en el pliego de licitación, se mencionaba como causal de extinción del contrato tanto el vencimiento del plazo de obra como el incumplimiento de las órdenes de servicio y el incumplimiento del plan de trabajo. 
 
 
 
Sin autorización
 
 
 
En el decreto también se resalta que el pliego señala como motivo de caída de la concesión las “modificaciones respecto a los pliegos o alteraciones al proyecto ejecutivo aprobado que originó el llamado a licitación o bien alteraciones al régimen de explotación y destino de uso establecido”. 
 
En ese punto, surge de los informes técnicos que la contratista estaba “realizando la armadura de pilotajes, es decir que se estaban realizando tareas que no estaban previstas en el proyecto de arquitectura ni en el plan de trabajo aprobado”. Se solicitó a la concesionaria que se notifique sobre esta irregularidad e informó que habían realizado cambios en el proyecto. Se le requirió entonces que entregara por Mesa de Entrada la propuesta del proyecto con todas las variaciones, solicitando la aprobación de la misma. En ese sentido, se comprobó que la concesionaria estaba realizando trabajos que responden a un proyecto que no cuenta con la aprobación correspondiente. 
 
En ese punto, se recordó que “es una regla básica de este tipo de contrataciones la prohibición de realizar construcciones o mejoras en los espacios concedidos sin la previa autorización expresa de la autoridad competente”.

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