El Municipio resolvió dar por
finalizada la concesión al corroborarse numerosos incumplimientos por
parte de la empresa. Además de las demoras en la ejecución de obras, se
detectaron construcciones no habilitadas y que no cumplen con el pliego
de licitación. El lugar estará a cargo del área de Deportes hasta que se
abra la nueva licitación.
La Municipalidad de Santa Fe notificó esta mañana a la sociedad
comercial denominada “Piedras Blancas S.A.” que, en virtud de numerosas
irregularidades -que incluyen el incumplimiento de plazos en el plan de
obras y la realización de construcciones que no fueron aprobadas-
resolvió rescindir el contrato de concesión de obra pública para la
explotación del Complejo Turístico Recreativo Nodo Sur Costanera Este,
conocido popularmente como Piedras Blancas.
El predio ubicado en inmediaciones de la cabecera este del Puente
Colgante estará ahora a cargo del área de Deportes del Gobierno de la
Ciudad, hasta que se lleve adelante una nueva licitación. En ese
sentido, se otorgó a los ahora exconcesionarios un plazo de 72 horas
para retirar la totalidad de los bienes y pertenencias que no sean
propiedad del Municipio.
“La intención del Gobierno de la Ciudad es contar con las mejores
condiciones y los mejores servicios en los complejos turísticos de la
zona de playas y en la Costanera. Por eso, recientemente adjudicamos el
complejo ubicado sobre la Costanera Oeste, y ahora se resolvió rescindir
la concesión con esta empresa por una serie de incumplimientos que se
observaban”, explicó Pablo Tabares, secretario de Producción del
Gobierno de la Ciudad.
Y completó que “en las próximas semanas estaremos elevando al
Concejo Municipal el proyecto de pliego de bases y condiciones para
realizar una nueva licitación”.
Fuera de plazo
En el decreto del Departamento Ejecutivo en el que se determina la
rescisión de la concesión, se adjunta un detalle de las razones que
fundamentan la decisión. En ese sentido, se señala que el plazo de obra
se encuentra largamente vencido. La fecha de inicio de los trabajos fue
el 31 de marzo de 2010, por lo que los 240 días previstos en el pliego
se encuentran holgadamente cumplidos. Por otra parte, se verificaron
“reiterados incumplimientos a las órdenes de servicio dadas por la
Inspección de la obra, y ello a su vez se complementa con los numerosos
informes de la Dirección de Estudios y Proyectos que dan cuenta de un
atraso que hoy alcanzaría casi el 50 %”.
En ese punto, se resalta que al 8 de agosto de este año, la obra
presenta un avance del 52,08 %, y que “en rubros como cubierta,
contrapisos y pisos, solados, cielorrasos, carpinterías, pinturas,
instalación sanitaria, instalación eléctrica, instalaciones especiales y
equipamiento, el grado de ejecución es nulo; y en rubros como
mamposterías y revoques el avance es parcial, lo que hace muy difícil o
imposible, terminar la obra en septiembre, tal como había anunciado la
contratista”.
Cabe mencionar que en el pliego de licitación, se mencionaba como
causal de extinción del contrato tanto el vencimiento del plazo de obra
como el incumplimiento de las órdenes de servicio y el incumplimiento
del plan de trabajo.
Sin autorización
En el decreto también se resalta que el pliego señala como motivo
de caída de la concesión las “modificaciones respecto a los pliegos o
alteraciones al proyecto ejecutivo aprobado que originó el llamado a
licitación o bien alteraciones al régimen de explotación y destino de
uso establecido”.
En ese punto, surge de los informes técnicos que la contratista
estaba “realizando la armadura de pilotajes, es decir que se estaban
realizando tareas que no estaban previstas en el proyecto de
arquitectura ni en el plan de trabajo aprobado”. Se solicitó a la
concesionaria que se notifique sobre esta irregularidad e informó que
habían realizado cambios en el proyecto. Se le requirió entonces que
entregara por Mesa de Entrada la propuesta del proyecto con todas las
variaciones, solicitando la aprobación de la misma. En ese sentido, se
comprobó que la concesionaria estaba realizando trabajos que responden a
un proyecto que no cuenta con la aprobación correspondiente.
En ese punto, se recordó que “es una regla básica de este tipo de
contrataciones la prohibición de realizar construcciones o mejoras en
los espacios concedidos sin la previa autorización expresa de la
autoridad competente”.
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