martes, 15 de mayo de 2012

Un bar español tuvo que indemnizar a un cliente porque la silla no aguantó su peso

La Audiencia Provincial de Murcia condenó al dueño de un bar a pagar 6.000 euros a un cliente que resultó lesionado al romperse una silla, porque las patas de éstas deben tener la suficiente resistencia “para aguantar el peso de cualquier persona”.

 

La sentencia, indica que un juzgado de Primera Instancia de Totana (al sur este de España) desestimó la demanda que presentó el accidentado y exoneró de toda culpa al establecimiento, resolución que fue apelada por el herido ante la Audiencia Provincial.

El presidente de este tribunal, indicó que “no puede negarse la inadecuación de la silla que se rompió a su destino normal, consistente en soportar el peso de cualquier persona, resultando realmente inasumible que se exculpe a quienes disponían de esa silla en atención al peso, por elevado que fuese, del cliente”.

La Sala añade que “la caída se produjo porque la silla fue incapaz de sostener al demandante, y sus daños deben repararse, ya que quien pone a disposición de su clientela un servicio de mesas y sillas debe cuidar que ese material sea capaz de aguantar el peso de cualquier persona”.

Añade que “al originarse el desplome de las patas de una silla se infiere que la misma era tan débil que la convertía en inútil, o que su estado de conservación era ya inadecuado a la resistencia exigida”.

La sentencia afirma también que “resulta lamentable que desde el día 13 de octubre de 2005, en que acaeció el siniestro origen de la demanda, el lesionado siga esperando la satisfacción de la indemnización por los perjuicios físicos que justamente reclama”.

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