lunes, 19 de marzo de 2012

El Intendente de Santo Tomé dispuso un descuento extraordinario del 10% en la tasa municipal

En primer lugar, Palo Oliver anunció el envío al Concejo Municipal de un proyecto de ordenanza disponiendo una bonificación extraordinaria del 10% en la Tasa General de Inmuebles, correspondiente al mes de mayo, a los efectos de compensar a los contribuyentes los días transcurridos sin servicios públicos municipales.

El intendente de la ciudad, Fabián Palo Oliver, dio a conocer esta mañana en conferencia de prensa una serie de importantes medidas en relación con el conflicto vigente entre la dirigencia de FESTRAM y los municipios y comunas de la provincia.
 
En primer lugar, el titular del gobierno municipal anunció el envío al Concejo Municipal de un proyecto de ordenanza disponiendo una bonificación extraordinaria del 10% en la Tasa General de Inmuebles, correspondiente al mes de mayo, a los efectos de compensar a los contribuyentes los días transcurridos sin servicios públicos municipales.
 
Por otro lado, el mandatario informó sobre la rúbrica de un decreto para declarar “servicios básicos esenciales” a una serie de prestaciones que no podrán estar sujetas a medidas de fuerza al tiempo de ratificó la decisión de descontar los días no trabajados a aquellos empleados municipales que no hayan acatado la conciliación obligatoria.
 
Devolución al vecino del 10% de la tasa
 
Con relación a la decisión de bonificar en un 10% el costo de la tasa municipal, expresó: “nuestro municipio trabaja desde febrero del año 2008 para tutelar los derechos de los consumidores y usuarios, en ese marco hemos resuelto enviar un mensaje al Concejo Municipal proponiendo un proyecto de ordenanza para realizar, por única vez, una quita del 10% a todos los contribuyentes en la Tasa General de Inmuebles. 
 
Esta quita extraordinaria tiene como objetivo compensar a los contribuyentes que no tuvieron la posibilidad de recibir por parte del municipio los servicios habituales a raíz de este paro ilegal de 72 horas que se realizó la semana pasada”, sostuvo el mandatario.
 
Servicios básicos esenciales
 
Por otro lado,  Palo Oliver anunció la sanción “en el día de hoy del decreto nº57/2012, disponiendo declarar servicios básicos esenciales a una serie de prestaciones que no pueden estar sujetos a medidas de fuerza adoptadas por los trabajadores municipales de la ciudad de Santo Tomé”.
 
Los mismos son los siguientes: la provisión de agua potable, el barrido y recolección de residuos y su disposición final, el control de volcamiento y funcionamiento de la planta de tratamientos de líquidos cloacales, la asistencia alimentaria a comedores y/o afines municipales o asistidos por la Municipalidad, el control de funcionamiento de los semáforos, la actividad de control y resguardo de las pasabombas, la desobstrucción y limpieza de desagües cloacales y pluviales, el regular funcionamiento del alumbrado público, el servicio de sepulturas en el cementerio municipal, el control del tránsito y actividades que tiendan a la protección de la vida, la salud y la seguridad de toda o parte de la comunidad.
 
“La vigencia de este decreto se iniciará el día después de finalizada la conciliación obligatoria por una cuestión jurídica, porque nosotros sí respetamos esta instancia y, obviamente, que no se pueden modificar en este período las condiciones laborales. Esta disposición tiene distintos antecedentes en la provincia y en el país. Seguramente será reprochado por la conducción sindical, pero para ello existen los mecanismos administrativos y judiciales de recusación”, aclaró.
 
Por último, el titular del gobierno municipal explicó: “esta decisión la hemos tomado a partir de las facultades que tiene este Departamento Ejecutivo. Aquellos que erróneamente quieran asociar esta medida a prácticas autoritarias, que discutan esos fundamentos en el ámbito de la justicia una vez que agoten las vías administrativas”.
 
Derecho a huelga
 
“En primer lugar queremos hacer público que este gobierno de la ciudad reconoce el derecho a huelga de todos los trabajadores de la República Argentina. Este derecho está consagrado por la Constitución Nacional y, como todos los derechos, está regulado por distintas normativas”, comenzó su  alocución el intendente municipal.
 
No obstante aclaró que “la FESTRAM ha ejercido su derecho constitucional a huelga pero el mismo se ha convertido en ilegal a partir de la sanción de la Resolución Nº 2 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social de la Provincia de Santa Fe. Dicha resolución entró en vigencia el día 14 de marzo a partir de las 15 horas y nunca fue ni impugnada ni recurrida por la entidad gremial. Por consiguiente, a diferencia de lo ocurrido en los otros paros que se realizaron en el último tiempo, ratificamos nuestra firme decisión de descontar los días a aquellos trabajadores que no hayan acatado la conciliación obligatoria.”

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